Prevención y Protección en la Obra en Construcción

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El Sector de la Construcción y la Actividad Preventiva

En el sector de la construcción la integración de la actividad preventiva resulta de mayor dificultad que en cualquier otra actividad productiva.

Una obra de construcción es un centro de trabajo móvil, tanto en el tiempo como en el espacio, es un centro de trabajo en constante evolución al que la actividad preventiva debe adaptarse.

Esta circunstancia es la que define al sector de alto riesgo, por la dificultad añadida que supone la protección de los trabajadores que en ella intervienen.

A esta dificultad hay que añadir el número de empresas que participan en la construcción de una misma obra, cada una de ellas con su sistema de gestión y actividad preventiva diferente.

Todos estos factores dificultan considerablemente la integración de la prevención.

Instalación y Desmantelamiento de Equipos de Protección Colectiva

En muchas las ocasiones los operarios de la construcción se ven obligados a utilizar equipos de protección personal para protegerse del riesgo de caída de altura, en los procesos de instalación y desmantelamiento de los equipos de protección colectiva.

Una de estas circunstancias se da en los procesos de instalación y desmantelamiento de las redes de protección, tipo horca.

Normalmente se inicia su instalación en la segunda planta de la estructura una vez acabada la fase de encofrado.

Estas redes se sujetan por su lado inferior a unos anclajes que previamente se han colocado en el forjado de la primera planta. Esta operación se realiza tantas veces como forjados se vayan construyendo.

Situaciones de riesgo de caída

Anclaje al forjado de la red de protección.JPG

En este proceso se presentan dos situaciones de riesgo de caída de altura:

  1. Riesgo en el montaje de la red
  2. Riesgo en las operaciones de elevación y desmantelamiento final de la red.

La costumbre en estas operaciones es que para la elevación de la red a un forjado superior, primeramente se ha de desenganchar de los anclajes del forjado inferior (Fig.1).

En esta operación los trabajadores que desenganchan la red de los anclajes del forjado como los encargados de engancharla en el forjado superior, se encuentran en una situación de riesgos de caída de altura, si previamente no se han sujetado con cinturones de seguridad a un punto fijo del interior de la obra.

Esto no daría lugar a reflexión alguna si no fuese porque, también la costumbre nos demuestra que, son muchas las ocasiones en que la utilización de este equipo de protección personal para estas operaciones, es poco usual.

Colocación de Barandillas Provisionales

Sistema de protección anticaídas.JPG

Posteriormente a estas operaciones es cuando se colocan las barandillas provisionales de protección en la planta en la que se ha retirado la red de protección.

Situaciones de riesgo de caída

Durante este proceso, los trabajadores de nuevo se encuentran en una situación de riesgos de caída de altura, ya que la practica de estas operaciones nos demuestra que en raras ocasiones se colocan el cinturón de seguridad anclado a un punto fijo del interior de la obra.

El artículo 15.4 de la Ley de Protección de Riesgos Laborales especifica que:

La efectividad de las medidas preventivas ha de prever las distracciones o las imprudencias no temerarias que pueda cometer el trabajador.


Y el artículo 2b de la Ley de Protección de Riesgos Laborales declara que:

El empresario deberá asegurarse de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación….

Ésto obliga al empresario a mantener un control permanente para asegurarse que se cumple con las normas dictadas para el correcto cumplimiento de las medidas preventivas establecidas en la planificación. Con sólo establecer las normas que se han de cumplir para realizar los trabajos de colocación, elevación y posterior desmantelamiento de las redes, la práctica nos demuestra que no es suficiente. Se ha de asegurar que se cumple.

Ganchos de sujeción del sistema de protección colectiva.JPG

También se tendrá en cuenta que la utilización del cinturón de seguridad es solo para casos excepcionales, en que no se pueda proteger al trabajador con equipos de protección colectiva.

La norma nos indica que la protección colectiva ha de anteponerse a la protección personal.

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