Normativa Legal. Organización Preventiva en la Empresa


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Normativa Legal

Actividad Preventiva del Empresario

La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas se realizará por el empresario por alguna de las siguientes modalidades:

Asumiendo personalmente tal actividad.

Designando uno o varios trabajadores para llevarla a cabo.

Constituyendo un servicio de prevención propio en empresas de más de 500 trabajadores.

Recurriendo a un servicio de prevención ajeno.

En el caso de la CONSTRUCCIÓN el empresario NO puede asumir directamente la actuación como servicio de prevención y los servicios de prevención propios se constituirán en empresas de 250 o más trabajadores. (Reglamento Servicios de Prevención, Anexo I, h).

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