Designación de Uno o Varios Trabajadores.Organización Preventiva en la Empresa

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Trabajadores Designados

Los trabajadores designados según Artículos 12 y 13 del Reglamento de los Servicios de Prevención.

Formación: Capacitación con cualificación precisa.

Dotados de:

• Medios.

• Tiempo.

• Formación adecuada.

Ser suficientes en número en relación con:

• Tamaño de la empresa.

• Riesgos existentes.

• Distribución del centro o centros de trabajo.

Colaboración:

• Entre sí.

• Con servicios de prevención propios o ajenos.

Garantías:

Art. 68.a) E.T: Derecho a expediente contradictorio.

Art. 68.b) E.T: Prioridad de permanencia en la empresa .

Art. 68.c) E.T: No pueden ser sancionados ni discriminados por ejercicio de sus funciones.

Art. 56.4 E.T: Derecho de opción de readmisión en despido improcedente.


El sistema de prevención debe ser sometido a una AUDITORÍA.

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