Exigencias Reglamentarias para las Estructuras Metálicas en Seguridad contra Incendios

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La experiencia de incendios dramáticos ha conducido a la elaboración de reglamentos para la seguridad ante incendios en el mundo entero. Estos reglamentos son descriptivos. Tienen una forma normativa y se definen por el tipo de edificio:

  • La evacuación de las personas: los reglamentos especifican el número de salidas de emergencia, el número de escaleras, la anchura de las puertas..
  • La propagación del fuego: han sido desarrollados dos conceptos, la resistencia al fuego "y la reacción al fuego".
  • Los particiones están delimitadas por los muros y las puertas corta-fuego, las superficies son limitadas, las fachadas deben satisfacer ciertas características para evitar la propagación del fuego de una planta a otra.
  • La reacción del fuego determina la contribución al desarrollo del fuego de los materiales (estructuras, revestimientos, aislamientos, etc).
  • La resistencia al fuego de la estructura: R30, 60, 90 ó 120. Este nivel de resistencia global concertada está generalmente definido sin tener en cuenta la geometría de los espacios ni las medidas de protección activas, tales como alarma, dispositivos de extinción automática, etc.
  • El contexto de intervención de bomberos (anchura y disposición de vías de acceso,…).

Cada país ha definido un reglamento nacional, generalmente basado en su propio punto de vista del problema a partir de los conocimientos de la época. Ésto significa que estas exigencias han sido establecidas en consideraciones históricas, en la experiencia, en las informaciones que conciernen a los siniestros y sobre un juicio principalmente de expertos. Incluso, aunque el contexto general y las nociones generales de seguridad de incendios son los mismos en todos los paises de Europa, las exigencias no son uniformes.

Los principales parámetros que definen las exigencias están en la altura del edificio y la naturaleza de su ocupación (número de ocupantes y tipo de actividades).

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