Formación e Información

De Construmatica


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Introducción

Este capítulo resume los aspectos que deben tratarse en un programa de formación y hace referencia a otras publicaciones en las que se puede encontrar información más detallada. En particular, el informe de Bard et al (2001), que recoge recomendaciones detalladas sobre la estructura y el contenido de un programa de formación sobre el amianto, proporciona toda la información que puede necesitar el formador. La Directiva europea (2003/18/CE) establece lo siguiente:

Los empresarios deberán prever una formación apropiada para todos los trabajadores que estén, o puedan estar, expuestos a polvo que contenga amianto.

1. Esta formación deberá impartirse a intervalos regulares y sin coste alguno para los trabajadores.

2. El contenido de la formación deberá ser fácilmente comprensible para los trabajadores.

Deberá permitirles adquirir los conocimientos y competencias necesarios en materia de prevención y de seguridad.

Un grupo de trabajo del Comité de altos responsables de la inspección de trabajo (SLIC) presenta sus recomendaciones al respecto en la dirección siguiente:

http://www.ilo.org/public/english/protection/safework/labinsp/asbestos_conf/inforen.pdf.

Las recomendaciones del Reino Unido en materia de formación pueden consultarse en:

http://www.hse.gov.uk/aboutus/meetings/alg/licence/04-04.pdf.

La formación debe impartirse de forma que sea fácilmente comprensible para sus destinatarios (empresarios, supervisores o trabajadores) y debe incluir clases prácticas sobre el uso de todos los equipos. Asimismo, la formación debe impartirse en una lengua que los operarios (en particular, los operarios extranjeros) conozcan y comprendan.

Este capítulo incluye también unas breves orientaciones sobre el programa de formación necesario (formación inicial, formación de reciclaje, revisiones periódicas de las necesidades de formación, etc.). Por último se ofrecen algunas sugerencias sobre información de apoyo que ayuda a reforzar la formación.

Su finalidad es dar a conocer al empresario qué tipo de formación debe organizar para los operarios, para los supervisores y para sí mismo, y orientar al trabajador sobre el tipo de formación que debería recibir. La información también pretende proporcionar al inspector unas directrices claras que le permitan comprobar la idoneidad y la eficacia de la formación.

Contenido de la Formación

7.2.1.Pertinente para todos los trabajos en los que pueda estar presente el amianto

Se trata de la formación de todas aquellas personas (empresarios, supervisores, trabajadores) que participen en trabajos en los que pueda estar presente el amianto (o de hecho lo esté). Esta formación debe abarcar los siguientes aspectos:

  • las propiedades del amianto y sus efectos sobre la salud, incluido el efecto sinérgico del tabaquismo;
  • los tipos de productos o materiales que pueden contener amianto y los lugares en los que es probable encontrarlos;
  • el modo en que el estado del material o de los productos influye en la facilidad con la que pueden desprenderse las fibras;
  • qué hacer si se encuentran materiales sospechosos de contener amianto.

7.2.2 Pertinente para los trabajos generales de construcción

En este caso, se trata de cubrir las necesidades de formación de los trabajadores que puedan encontrar amianto y de su supervisor y empresario. Esta formación debe abarcar los aspectos enumerados en el apartado 7.2.1 y además:

  • la información que puede estar disponible en los lugares en los que existan materiales que contengan amianto (por ejemplo, algunos Estados miembros exigen que se mantengan registros de la ubicación de los materiales que contengan amianto en los edificios);
  • la necesidad de detener inmediatamente los trabajos en el momento en que se encuentren materiales sospechosos de contener amianto y de informar del hallazgo al supervisor designado;
  • las medidas que se han de tomar para reducir la exposición potencial si el material sospechoso de contener amianto está en mal estado o se ha dañado accidentalmente (por ejemplo, evacuar la zona más próxima, asegurarla e informar a la persona designada), y
  • (para el supervisor y el empresario) cómo confirmar la presencia o la ausencia de amianto mediante análisis de muestras realizados por un laboratorio.

La formación debe cubrir la situación de emergencia en la que las sospechas relativas a un material surgen una vez que éste ha sido perturbado. En este caso, la finalidad de la formación debe ser evitar que la situación pueda agravarse mediante una actuación desafortunada (como, por ejemplo, intentar barrer) o no haciendo nada y dejando que la exposición continúe.

7.2.3 Pertinente para los trabajos de menor riesgo con amianto

En los casos en que la formación se destine a trabajadores que vayan a realizar trabajos considerados de bajo riesgo, es decir, trabajos que cumplan los criterios especificados en el apartado 6.3, ésta debe abarcar los aspectos incluidos en el apartado 7.2.1 y además:

  • las operaciones que puedan dar lugar a una exposición al amianto;
  • la importancia de medidas de control efectivas para prevenir o minimizar la exposición al amianto que se encuentra en el aire y e impedir la dispersión de la contaminación;
  • las prácticas de trabajo seguras que reducen la exposición al mínimo, incluidas las técnicas de control, los equipos de protección personal, las evaluaciones del riesgo y las instrucciones escritas (plan de trabajo);
  • el papel del equipo de protección respiratoria, la selección del tipo de equipo de protección respiratoria más apropiado y su correcta utilización;
  • el cuidado y mantenimiento adecuados de los equipos de protección personal y de protección respiratoria;
  • los procedimientos para la descontaminación personal;
  • los procedimientos de emergencia para responder ante situaciones tales como daños accidentales a materiales que contengan amianto o lesiones o enfermedades de personas que en ese momento estén manipulando amianto;
  • la eliminación de los residuos, el aislamiento adecuado de todos ellos (mediante su colocación en bolsas o su embalaje, por ejemplo) para evitar la dispersión de la contaminación, el etiquetado y la colocación en contenedores o envases seguros en la obra, y, por último, el transporte de los residuos por parte de un contratista habilitado para la eliminación de residuos de amianto a un vertedero autorizado (o con licencia para ello).

En el caso de los operarios y los supervisores, la formación debe incluir ejercicios prácticos que les permitan familiarizarse con los materiales y acostumbrarse a la utilización y el mantenimiento adecuados de los equipos y los medios técnicos.

En el caso de los supervisores y los empresarios, la formación debe tratar también la cuestión de las responsabilidades jurídicas y el control de los trabajos.

7.2.4 Pertinente para los trabajos de retirada de amianto

En los casos en que la formación esté destinada a trabajadores que vayan a realizar trabajos de notificación obligatoria (es decir, trabajos para los que el riesgo determinado no se ajuste a los criterios esbozados en el apartado 6.3 —bajo riesgo e intervenciones limitadas), será preciso prever una formación más amplia. Ésta debe tratar los aspectos enumerados en el apartado 7.2.3 y ampliarse, además, para abordar la naturaleza de los trabajos en cuestión y los aspectos relativos a los trabajos de notificación obligatoria.

La formación de los trabajadores dedicados a la retirada de amianto debe incluir sesiones prácticas que permitan a los alumnos aprender a utilizar y mantener los equipos relacionados con la seguridad (confinamiento, equipos de protección personal, equipos de protección respiratoria, descontaminación personal, equipos para la supresión de polvo y equipos para la retirada controlada).

Los puntos enumerados en los apartados 7.2.1 y 7.2.3 deben ampliarse como se indica a continuación:

  • los efectos del amianto en la salud deben abarcar la relación existente entre la exposición y el riesgo de enfermedades, a fin de demostrar la importancia de prevenir o minimizar la exposición;
  • al abordar los tipos de productos que pueden contener amianto, debe suministrarse más información sobre la naturaleza de los productos y sobre el efecto que ésta puede tener en su retirada;
  • las prácticas seguras de trabajo deben incluir además:

a. una buena planificación de los trabajos, incluida una correcta distribución de los equipos e instalaciones en la obra (ubicación de las cámaras de aire, unidad de descontaminación, elección de la ruta más corta y segura para el traslado de los residuos a un contenedor seguro);

b. una evaluación del riesgo adecuada y suficiente que cubra todos los aspectos de los trabajos y un plan de trabajo en el que se detallen las operaciones que se van a llevar a cabo;

c. la preparación del emplazamiento de la obra antes de erigir el confinamiento, incluida la limpieza previa si fuese necesario;

d. prácticas para la construcción de un confinamiento, protección adicional del piso y puntos débiles; verificar que todas las partes de la estructura del confinamiento puedan limpiarse adecuadamente y que no puedan quedar polvo ni escombros atrapados; cámaras de aire para los residuos, cámaras de aire para el personal, ventanillas (y un circuito cerrado de televisión, en caso necesario), sistemas de depresión que permitan cambiar fácilmente los prefiltros, despliegue de cables hasta las fuentes de alimentación situadas fuera del confinamiento para facilitar el cambio de fusibles, etc.;

e. mantenimiento del confinamiento en buenas condiciones (eficacia del sistema de ventilación, sistema de depresión, estanquidad del confinamiento, inspecciones periódicas, etc.), incluida la importancia de las pruebas de humo antes de iniciar los trabajos;

d. métodos prácticos para la retirada de amianto con liberación mínima de polvo, incluidas técnicas de supresión de polvo tales como el desmontaje en húmedo y la colocación inmediata del material en bolsas para evitar su dispersión (a través de los pies, los equipos o la ropa), y, por lo que respecta a los supervisores, instrucciones sobre cómo verificar la eficacia de las técnicas;

e. limpieza del confinamiento, de las cámaras de aire y de las instalaciones higiénicas; limpieza de precisión (de arriba a abajo);

f. comunicación eficaz (también entre el interior y el exterior del confinamiento);

g. relimpieza en el caso de que el confinamiento no supere las pruebas de descontaminación;

h. procedimientos para la limpieza y el desmontaje del confinamiento;

  • cuando se trate la utilización del equipo personal de protección respiratoria, se incluirán los siguientes aspectos:

a. los equipos de protección respiratoria de presión positiva y/o los equipos de protección respiratoria de suministro de aire;

b. la limpieza y el mantenimiento del equipo respiratorio;

c. la importancia de las pruebas de ajuste a la cara y factores que pueden afectar o modificar el ajuste a la cara; cómo examinar, probar y llevar el equipo respiratorio, y cómo limpiarlo y mantenerlo;

d. diversos tipos de equipos de protección respiratoria: sus ventajas y limitaciones;

e. los procedimientos de emergencia para casos en los que el suministro (eléctrico o de aire comprimido) de un equipo respiratorio falle durante los trabajos;

f. las posibles restricciones (por ejemplo, visibilidad reducida) y dificultades en relación con la utilización del equipo de protección respiratoria;

  • la formación en cuanto a procedimientos de emergencia debe tratar los aspectos siguientes:

o la asistencia a personas lesionadas o que hayan enfermado dentro de un confinamiento en el que se trabaja con amianto;

o la evacuación de emergencia (por ejemplo, debido a un incendio);

o las interrupciones del suministro eléctrico o los fallos de los equipos (depresión, protectores respiratorios, etc.);

o escapes detectados en el exterior del confinamiento;

o la interrupción del suministro de agua en la unidad de higiene;

  • la formación sobre la descontaminación personal debe incluir:

a. la utilización de las cámaras de aire, la entrada al confinamiento y la salida de él, y la entrada a la unidad de descontaminación, teniendo en cuenta que la unidad de descontaminación puede estar directamente unida al confinamiento o separada del mismo;

b. el cambio del equipo de protección personal, la ducha y la manipulación de los monos de trabajo para su eliminación;

c. el mantenimiento de una unidad de descontaminación en buenas condiciones;

d. la descontaminación personal en caso de accidente o evacuación;

  • el uso y el mantenimiento adecuados de los equipos relacionados con los trabajos de retirada de amianto;
  • otros peligros potenciales, como la retirada de amianto con temperaturas elevadas o en altura, o el montaje y la utilización de plataformas de acceso a superficies elevadas;
  • la eliminación de los residuos:

a. procedimientos adecuados para empaquetar y colocar los residuos en bolsas;

b. asegurar su aislamiento (por ejemplo, empaquetándolos y/o depositándolos en bolsas);

c. etiquetado;

d. tránsito seguro a través de la cámara de aire para los residuos y la ruta designada para pasar del confinamiento a un lugar de almacenamiento seguro;

e. transporte de los residuos, a cargo de un contratista autorizado para manipular residuos de amianto, desde la obra hasta un vertedero de residuos autorizado;

f. pruebas de trazabilidad de los residuos desde la obra hasta el vertedero (por ejemplo, mediante albaranes de envío).

La formación de estos trabajadores, para los que el requisito de vigilancia médica establecido en la Directiva es ineludible, debe incluir:

  • los requisitos en materia de reconocimientos médicos, incluida la finalidad y la importancia del reconocimiento médico (tal como se indica más adelante en el capítulo 19), y la necesidad de disponer de certificados que demuestren que se han efectuado;
  • la información y los consejos que pueden recibir los trabajadores tras un reconocimiento médico.

Para los supervisores y los empresarios, la formación debe abarcar asimismo:

  • una buena planificación;
  • las inspecciones y pruebas de los equipos (por ejemplo, de la unidad de descontaminación, del confinamiento, del equipo de supresión de polvo, etc.) e instrucciones sobre cómo reconocer sus fallos;
  • la auditoría de los trabajos en curso;
  • el seguimiento de la eficacia de las técnicas de control de las fibras;
  • la revisión de las necesidades de competencias y formación;
  • el mantenimiento de registros, y
  • la necesidad de vigilar de cerca a nuevos operarios.

Además de la supervisión práctica, la formación de supervisores y empresarios debe tratar también los aspectos recogidos en los capítulos 5 y 6, es decir:

  • la elaboración de una evaluación del riesgo (de exposición de los operarios y terceras personas) y de un plan de trabajo;
  • la legislación y los reglamentos pertinentes;
  • su papel y su responsabilidad.

Todo el personal que participe en los trabajos de retirada de amianto debe recibir una formación que le permita comprender los procedimientos de muestreo del aire y las pruebas de descontaminación que han de efectuarse durante los trabajos de retirada de amianto y una vez concluidos estos (véase el capítulo 16).

Formación práctica en el manejo de los aspiradores de clase H para retirar lo que simula ser material contaminante (polvos de talco)

Fotografía cedida por el HSE del Reino Unido

Programa de Formación. Su Papel

Si usted emplea a personas cuyo trabajo entrañe un riesgo de exposición al amianto o supervisa su trabajo, debe:

  • proporcionarles una formación inicial adecuada, como la esbozada anteriormente, antes de que inicien los trabajos;
  • evaluar sus necesidades de formación de reciclaje por lo menos una vez al año, y, en el caso de que se produzcan cambios en cuanto a los procedimientos o al tipo de trabajos, conservar un registro de la evaluación;
  • organizar sesiones periódicas en las que se impartan instrucciones relativas a trabajos específicos (a veces estas sesiones se denominan «conversaciones de caja de herramientas»), sobre todo cuando un determinado trabajo presente características que no sean las habituales;
  • organizar la formación a través de una entidad competente en materia de formación (es decir, una organización o una persona que conozca bien los procedimientos adecuados y las buenas prácticas de trabajo y que sea competente en cuanto a formación se refiere);
  • asegurarse de que cada trabajador reciba la formación en una lengua que comprenda bien;
  • mantener un registro de las formaciones completadas satisfactoriamente por los trabajadores y ponerlo a su disposición en la obra;
  • asegurarse que la supervisión en la obra es adecuada y que se presta una especial atención a los operarios recientemente cualificados.

Si su trabajo entraña un riesgo de exposición al amianto, debe:

  • haber recibido la formación adecuada antes de iniciar los trabajos;
  • velar por que se evalúen sus necesidades de formación de reciclaje periódicamente (por lo menos una vez al año) y siempre que se produzcan cambios importantes en la naturaleza de los trabajos;
  • informar al empresario en el caso de que existan barreras lingüísticas que puedan impedirle entender bien la formación (por ejemplo, ¿sabe su empresario cuál es su lengua materna?).

Si es usted inspector de trabajo, debe:

  • comprobar que en la obra existen certificados de las formaciones completadas satisfactoriamente por cada trabajador;
  • verificar que se dispone de un registro de evaluaciones periódicas de las necesidades de formación de reciclaje para cada trabajador;
  • asegurarse de que la formación de los operarios extranjeros se ha impartido en una lengua (o lenguas) que entiendan bien;
  • comprobar que la formación ha sido impartida por una entidad educativa o una persona competentes.

Información

Para todas las actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos al polvo de materiales que contienen amianto, la Directiva sobre la protección de los trabajadores contra el amianto (83/477/CEE, modificada en último lugar por la Directiva 2003/18/CE) exige que los trabajadores y sus representantes reciban información adecuada sobre:

  • los riesgos para la salud debidos a una exposición al polvo procedente del amianto o de materiales que lo contengan;
  • la existencia de valores límite reglamentarios y la necesidad de vigilar el amianto que se encuentra en suspensión en el aire;
  • las prescripciones relativas a las medidas de higiene, incluida la necesidad de no fumar;
  • las precauciones que se han de tomar respecto a la utilización y empleo de equipos y trajes de protección;
  • las precauciones especiales destinadas a reducir al mínimo la exposición al amianto.

Si bien todas estas cuestiones están presentes en los contenidos de formación recomendados anteriormente, es conveniente que en el lugar de trabajo se disponga de información sobre ellas en los formatos apropiados (por ejemplo, carteles, avisos o folletos) y que se pueda acceder fácilmente a esta información.

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