Tenemos por delante un trabajo de rehabilitación de una fachada, y me han dicho que debo presentar un Plan.
Preguntado por Lourdes Mh en Seguridad y Salud
Creada el 06-ago-2008 12:54:00
Actualizada el 01-jul-2009 11:45:07
Palabras clave: Rehabilitacion de fachadas
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En mi opinión, el RD 1627 que impone la necesidad de un estudio de SS y Plan, no depende de la necesidad o no de proyecto.
\"Obra de construcción u obra: cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil cuya relación no exhaustiva figura en el anexo I.\"
ES decir que aunque no exista proyecto, siempre será necesario al menos un estudio basico de SS y un plan de ss en el que se reflejen las medidas de seguridad necesarias, que no son pocas para un \"simple pintado\" de una fachada.
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Respondido por Aitor Velasco el 01-jul-2009 11:49:19Tratándose de una fachada en la mayoría de ayuntamientos es necesario presentar un proyecto y una dirección facultativa de obra. El plan de seguridad debe reflejar las medidas adoptadas para realizar las partidas concretas de una obra y entre ellas están, por supuesto, los capítulos de pintura.
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Respondido por Carlos Rodriguez De Haro el 31-ago-2008 14:11:45Si solamente el trabajo ha realizar es de pintura, no habrá proyecto, por lo tanto no es necesraio el Plan de Seguridad y Salud. Tu empresa debe aportar la Evaluación de Riesgos del Trabajo, que de seguro ya la tiene. Si el trabajo es mayor y existe proyecto, entonces deberár redactar el PSS y ESS, para ello te recomiendo buscar un programa que te ayude a elaborarlo, por ejemplo, el Atenea.
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Respondido por Mónica Graciela Litvak el 12-ago-2008 12:58:45Para comentar, preguntar, responder y valorar, es necesario estar registrado: