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[[Categoría:Fábricas de Albañilería. Control de Calidad]]
[[Categoría:Recomendaciones sobre Fábricas de Albañilería]]
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'''[[CTE]]. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas y administrativas.'''
'''El fin del control, es comprobar que la obra terminada tiene las características de calidad especificadas en el proyecto, que serán las generales del Código Técnico de la Edificación, más las específicas contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.'''
 
'''Artículo 7.2. Control recepción en obra de productos, equipos y sistemas.'''
 
''El '''control de recepción''' tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este control comprenderá:''
:''a) El control de la documentación de los suministros…''
:''b) El control mediante distintivos de calidad…''
:''c) El control mediante ensayos…''
 
 
'''[[CTE]]. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas administrativas.'''
 
'''Artículo 8.1. Documentación de la obra ejecutada.'''
 
''Se incluirá en el Libro del Edificio la documentación indicada en el artículo 7.2 de los productos equipos y sistemas que se incorporen a la obra.''
 
 
 
De acuerdo con lo solicitado por el '''[[CTE|Código Técnico de la Edificación]]''', este control consistirá en:
 
*'''Control de la documentación de los suministros.'''
*'''Control mediante distintivos de calidad.'''
*'''Control mediante ensayos'''.
 
==Control de la documentación de los suministros==
 
*''Morteros fabricados "in situ"'':
 
El suministrador entregará al constructor los '''documentos de identificación''' de los
productos, quién los facilitará al director de la ejecución de la obra. Esta
documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:
 
:Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado, de los [[árido|áridos]], [[cemento]], y en su caso, de los [[aditivo|aditivos]].
:Los documentos de conformidad correspondientes al [[Marcado CE]] de estos productos.
 


*''Morteros industriales:''
El suministrador entregará al constructor los '''documentos de identificación''' de los
productos, quién los facilitará al director de la ejecución de la obra. Esta
documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:
:Documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado.
:Los documentos de conformidad correspondientes al [[Marcado CE]].
==Control de recepción mediante distintivos de calidad==
*''Morteros fabricados "in situ"'':
Carecen de distintivo de calidad.
*''Morteros industriales:''
El suministrador proporcionará, en caso de disponer de ellos, la documentación
precisa sobre los distintivos de calidad que ostenten los productos, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y,
documentará, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con
lo establecido en el '''Artículo 5.2.3''' del [[CTE]].
==Control de recepción mediante ensayos==


'''[[CTE]]. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas y administrativas.'''
'''[[CTE]]. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas y administrativas.'''


'''Artículo 7.2.3. Control de recepción mediante ensayos.'''
'''Artículo 7. Condiciones en la ejecución de las obras.'''
 
''Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE puede ser necesario, en determinados casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, según lo establecido en la reglamentación vigente, o bien según lo especificado en el proyecto u ordenados por la dirección facultativa.''
 
''La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo y las acciones a adoptar.''
 
 
El control de recepción en obra de los morteros, debe ajustarse a cada una de las
posibilidades que pueden presentarse para estos materiales:
 
*Morteros fabricados "in situ" (hechos en obra).
*Morteros industriales.
 
===Morteros fabricados "in situ"===
 
Al no disponer del [[Marcado CE]], será obligatorio realizar el '''Control de Recepción''' de
los morteros "''in situ''", el cual conlleva:
 
====Control de Recepción de los componentes====
 
Este control afectará a los componentes de los morteros:
:[[Cemento|Cementos]] .
:[[Árido|Áridos]].
:[[Agua]].
 
 
Los ensayos variarán en función del componente del [[mortero]] objeto de estudio. Atendiendo a ello, tendremos:
 
:*'''Cementos''': Se actuará de acuerdo con la '''RC-08'''. Si el cemento sólo dispone del obligado [[Marcado CE]], se recomienda realizar ensayos de identificación del suministro cada 200 toneladas, salvo que se sobrepase la cantidad mensual de 200 toneladas de peso, en cuyo caso las remesas recibidas serán divididas formando lotes por cada 200 toneladas o fracción, de modo que, como mínimo, se constituyan dos lotes por mes.
 
::1. Determinación de [[resistencia Mecánica|resistencias mecánicas]]. '''UNE-EN 196-1:2005'''.
::2. Análisis químico de cementos (determinación de la pérdida por [[calcinación]]). '''UNE-EN 196-2:2006'''.
::3. Determinación de los componentes. '''UNE 80216:1991 EX (EN 196-4)'''.
 
 
:*'''Cal''': En el caso de morteros de cal o mixtos, se verificará el Marcado CE de este producto.
 
 
:*'''Áridos''': Para los áridos que sólo dispongan del obligado Marcado CE, cada 2.000 toneladas se recomienda realizar los siguientes ensayos de recepción:
 
::1. Determinación de la [[granulometría]] de las partículas. '''UNE-EN 933-1:1998/A1:2006'''.
::2. Evaluación de los finos. Ensayo del equivalente de arena. '''UNE-EN 933-8:2000'''.
::3. Determinación de la densidad de partículas y la absorción de agua. '''UNE-EN 1097-6:2001/A1:2006'''.
 
En el caso del incumplimiento de las características definidas en el etiquetado CE del suministrador, '''el árido deberá ser rechazado'''.
 
 
:*'''Aditivos''': En el caso que al mortero hecho en obra se le agreguen aditivos, se verificará el Marcado CE de estos productos.
 
 
:*'''Agua''': No precisará de ensayos en el caso de proceder de la red de abastecimiento. De no ser así, se realizarán los ensayos de idoneidad indicados en la [[EHE]] con una periodicidad mínima de seis meses.
 
 
Previamente al Control de Recepción deberá seguirse un '''Control de Producción''', que consistirá en registrar las proporciones y materiales empleados en la mezcla en una Hoja de Dosificaciones cada vez que se elabore el mortero, debidamente firmado por el Constructor '''([[Control de Ejecución de Morteros para Albañilería. Anexo 1. Ficha de Inspección|Anexo 1]])'''.
 
====Control de Recepción de los morteros terminado====
 
Será similar al solicitado para la concesión del [[Marcado CE]] de los Morteros Industriales conforme a la tabla siguiente.
 
 
'''Características a ensayar en morteros hechos en obra para albañilería (Diseñados o Prescritos)'''
{| align="center" border=1
| style="background: DarkGrey" | '''CARACTERÍSTICAS A ENSAYAR''' || style="background: DarkGrey" |'''USO''' || style="background: DarkGrey" |'''CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y MÉTODOS DE ENSAYO'''
|-
| Resistencia a compresión || Todos || Resistencia ≥ que la clase resistente <br> Ensayo: UNE-EN 1015-11:2000/A1:2007
|-
| Contenido en iones cloruro || Fábricas armadas || Cl < 0,1 % masa mortero seco <br>Ensayo: UNE-EN 1015-17:2001/A1:2005
|-
| Absorción de agua || Fábricas cara vista || Absorción de agua por [[capilaridad]]:<br>− c ≤ 0,4 Kg/m<sup>2</sup> · min<sup>0.5</sup><br>− c ≤ 0,2 Kg/m<sup>2</sup> · min<sup>0.5</sup><br> Ensayo: UNE-EN 1015-18:2003
|}
 
Los resultados para cada partida de mortero elaborado deberán registrarse
en una''' Hoja de Control de Ensayos f'''irmada por el Constructor '''([[Control de Ejecución de Morteros para Albañilería. Anexo 2. Hoja de Dosificaciones para Mortero Hecho en Obra|Anexo 2]])'''.
 
''Lote de control'': a efectos del control de fábrica mediante ensayos, se define el lote como la cantidad de mortero del mismo tipo y cantidad de '''1.000 t ó 600 m<sup>3</sup>''' ó fracción no inferior a 250 t. Se realizará un mínimo de un muestreo para cada lote.
 
===Morteros Industriales===
 
En el caso de Morteros Industriales Secos, la Dirección Facultativa de la obra '''podrá dispensar de la realización de los ensayos del Control de Recepción''', dado que en la fábrica ya se realizan, entre otros, los ensayos de la tabla anterior.
 
En el caso de Morteros Industriales Secos en posesión de un distintivo de calidad de
carácter voluntario oficialmente reconocido, la Dirección Facultativa de la obra podrá
dispensar de la realización de los ensayos del Control de Recepción.
 
'''En el caso que se decida la realización de ensayos en el Control de Recepción''', o la
toma de muestras preventivas, la actuación será la indicada en los siguientes
apartados.
 
El Control de Recepción se llevará a cabo en el lugar de suministro.
 
La recepción del mortero, se llevará a cabo por la Dirección Facultativa de la obra, o
persona en quien delegue. En el acto de recepción deberán estar presentes
representantes del suministrador (fabricante o vendedor) y del cliente o personas en
quienes éstos deleguen por escrito.
 
 
:'''Remesa''': A efectos del Control de Recepción del mortero, se considera una remesa la cantidad de [[mortero]], de igual designación y procedencia, recibida en el lugar de suministro en una misma unidad de transporte (camión, contenedor, barco, etc.).
 
 
:'''Lote''': Igualmente, se considera un lote la cantidad de mortero, de la misma designación y procedencia, que se somete a recepción en su conjunto.
 
:En general, el lote lo formará la cantidad mensual recibida de mortero de igual tipo y procedencia.
 
:El responsable de la recepción o persona autorizada podrá fijar un tamaño inferior para la formación de lotes, en el caso de que lo estime oportuno, o sea exigible, en su caso, por el pliego de prescripciones técnicas particulares o por la Dirección Facultativa de la obra.
 
 
:'''Muestra''': Finalmente, se considera una muestra la porción de mortero extraída de cada lote y sobre la cual se realizarán, si procede, los ensayos de recepción.
 
==Tipos de muestras==
 
Se distinguen tres tipos de muestras: '''preventivas''', '''de control''' y '''de contraste'''.
 
:'''Las muestras preventivas y de contraste''', en su caso, se conservarán durante un plazo de 100 días, de modo que puedan ser ensayadas cuando sea necesario.
 
:'''Las muestras de control''' serán tomadas, en su caso, para envío a un laboratorio que cumpla lo establecido en el '''Real Decreto 2200/1995''', de modo que sean efectuados los ensayos sobre aquellos morteros en los que este requisito es exigible.
 
:'''Las muestras de contraste''' serán tomadas en los casos en que el fabricante o suministrador lo requiera, a quien le serán entregadas para su conservación y ensayo, en su caso.
 
==Toma de muestras==
 
Las '''operaciones de muestreo''', deberán realizarse en presencia del
suministrador y del cliente o de sus representantes autorizados por escrito.
En caso de que no se dé la presencia de cualquiera de ellos, podrá llevarse a
cabo la operación de muestreo pero se dejará constancia de tal circunstancia
en el acta de muestreo. En todo caso, tanto el suministrador como el cliente
podrán hacer uso de las muestras para realización de ensayos en
laboratorios de su elección si lo consideran necesario.
 
La toma de muestras se realizará siempre a la llegada de la remesa de
mortero y bajo las instrucciones de las instrucciones de la Dirección
Facultativa.
 
'''Se redactará un acta para cada toma de muestras''', que elaborará el
responsable de la recepción del mortero y suscrita por los representantes de
las partes presentes. Se deberá adjuntar, copia de este acta con cada una de
las muestras. El documento deberá incluir, al menos, la siguiente
información:
 
:*Nombre y dirección del organismo responsable de la toma de muestras.
:*Designación normalizada del mortero y marca comercial.
:*Identidad de la fábrica productora.
:*Referencia del Marcado CE.
:*Número del certificado del distintivo oficialmente reconocido.
:*Lugar, fecha y hora de la toma de muestras.
:*Marca o código de identificación sobre el recipiente de las muestras.
 
:Observaciones:
 
:*Ausencia de alguna de las partes en la toma de muestras.
:*En su caso, la exención de ensayos.
:*Otras.
 
:Fecha y firma del responsable de la recepción y de los representantes de las partes presentes en la toma de muestras.
 
*'''Laboratorios de ensayo''': El laboratorio que realice los ensayos, deberá estar acreditado para ensayos de morteros conforme a los criterios del '''Real Decreto 2200/1995''', de 28 de diciembre.
 
===Operaciones===
 
De cada lote, deben tomarse '''dos tipos de muestras''': una de control para
realizar los ensayos de recepción, en su caso, y otra preventiva para
conservar por el responsable de la recepción. Cuando el suministrador lo
solicite podrá obtener una tercera muestra de contraste.
 
Si el comprador retirase el mortero de la fábrica o almacén del
suministrador, la toma de muestras, se hará en dicho lugar y en ese
momento.
 
Las muestras secas se trasladarán sin que se alteren, al laboratorio para
su ensayo. La toma de muestras (a granel o ensacados) se realizará en
seco, nunca en fresco, para evitar los problemas que ocasionaría tanto el
transporte, como el [[curado]] de dicho mortero (condiciones no
controladas), así como para conseguir la consistencia especificada por el
productor.
 
*'''Morteros a granel''': En el caso de morteros en [[silo]], se seguirán los siguientes pasos para extraer la muestra:
 
:1. Antes de tomar la muestra se debe asegurar que el silo está lleno por encima del cono (> 1/3).
:2. Poner en marcha el mezclador.
:3. Abrir la llave de la zona de arrastre en seco del mezclador.
:4. Eliminar cualquier resto de material apelmazado.
:5. Recoger en recipiente rígido todo el caudal de material que salga, hasta completar una muestra de aproximadamente 10 Kg.
 
 
*'''Mortero ensacado''': Se compondrá la muestra total con al menos muestras de tres sacos que integrarán el lote a controlar.
 
 
Todas las tomas de mortero seco a granel o en saco quedarán
'''envasadas en un recipiente hermético con doble tapa''' adecuado para la
conservación en condiciones de aislamiento debidamente etiquetado. Se
debe asegurar que durante el transporte al laboratorio el producto no
sufre alteraciones.
 
===Conservación de las muestras===
 
Las muestras se conservarán en obra, fábrica o almacén, según
corresponda, '''al menos durante 100 días''', a no ser que sea precisa su
utilización. El responsable de la recepción o la Dirección Facultativa de la
obra, podrá exigir que las muestras permanezcan en un lugar cerrado en
el que queden protegidas de la humedad, el exceso de temperatura o la
contaminación producida por otros materiales.
 
Se evitará que el envase pueda quedar dañado y que se rompa el
precinto durante las manipulaciones. De darse esta anomalía, la muestra
perderá su representatividad.
 
===Preparación de la muestra en el laboratorio===
 
En el laboratorio se realizará la muestra conforme al procedimiento
operatorio de la norma '''[[Normativa_de_Morteros_Monocapa#UNE-EN_1015-2:1999|UNE-EN 1015-2:1999]]/A1:2007'''.- ''Métodos de ensayo de los morteros para albañilería. Parte 2: Toma de muestra total de morteros y preparación de los morteros para ensayo.'' Se procederá al amasado de la muestra en el laboratorio (condiciones normalizadas), garantizándose tanto la consistencia, y curado normalizado para obtener resultados representativos y no dispersos.
 
===Ensayos===
 
Se realizarán conforme a las Normas especificadas en la Tabla que aparece más arriba.
 
===Criterios de aceptación o rechazo===
 
Los lotes se aceptarán o rechazarán en su conjunto. En el caso de
obtenerse resultados negativos en los ensayos de Control de Recepción,
se analizarán los de contraste; de obtenerse también resultados
negativos, la Dirección Facultativa decidirá el rechazo del lote o la
realización de ensayos de información de dicho lote.
 
==Artículos Relacionados==


*[[:Categoría: Fábricas de Albañilería. Ejecución de la Unidad de Obra|Fábricas de Albañilería. Ejecución de la Unidad de Obra]]
''Durante la construcción de las obras el director de obra y el director de la ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias, los controles siguientes:''
*[[:Categoría: Fábricas de Albañilería. Materiales|Fábricas de Albañilería. Materiales]]
*''Control de recepción en obra de los productos…''
*[[:Categoría: Fábricas de Albañilería. Normas de Conservación y Mantenimiento|Fábricas de Albañilería. Normas de Conservación y Mantenimiento]]
*''Control de ejecución de la obra…''
* [[Control de Ejecución]]
*''Control de la obra terminada...''
* [[Control de la Unidad Acabada]]

Revisión actual del 18:24 29 nov 2009

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El fin del control, es comprobar que la obra terminada tiene las características de calidad especificadas en el proyecto, que serán las generales del Código Técnico de la Edificación, más las específicas contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.


CTE. Parte I. Capítulo 2. Condiciones técnicas y administrativas.

Artículo 7. Condiciones en la ejecución de las obras.

Durante la construcción de las obras el director de obra y el director de la ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias, los controles siguientes:

  • Control de recepción en obra de los productos…
  • Control de ejecución de la obra…
  • Control de la obra terminada...