Normas Españolas sobre Estructuras Sismoterrestres


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Norma NCSE-02, de Octubre del 2002

La normativa vigente en España sobre Estructuras Sismorresistentes es la NCSE-02, de octubre del 2002, de obligado cumplimiento y que proporciona los criterios de actuación en el diseño y cálculo de las estructuras.

La NCSE-02 derogó a la anterior NCSE-94, disponiendo de un plazo de 2 años para ajustar los proyectos y construcciones de nuevas edificaciones a la normativa actual.

Aplicación de la Norma

Esta norma es de aplicación al proyecto, construcción y conservación de edificaciones de nueva planta.

En los casos de reforma o rehabilitación se tendrá en cuenta esta Norma, a fin de que los niveles de seguridad de los elementos afectados sean superiores a los que poseían en su concepción original. Las obras de rehabilitación o reforma que impliquen modificaciones substanciales de la estructura (por ejemplo: vaciado de interior dejando sólo la fachada), son asimilables a todos los efectos a las de construcción de nueva planta.

Esta normativa es de aplicación en aquellas construcciones en las que su destrucción por el terremoto pueda:

  • Ocasionar víctimas
  • Interrumpir un servicio para la colectividad o que sea imprescindible
  • Producir importantes pérdidas económicas
  • Que pueda dar lugar a efectos catastróficos (hospitales, edificios e instalaciones básicas de comunicaciones, para centros de organización y coordinación de funciones para casos de desastre, edificios e instalaciones vitales de medios de transporte, etc.);
  • Casos en que la aceleración sísmica básica sea igual o superior a 0,04 g y cuando siendo mayor que 0,08 g los pórticos no estén bien arriostrados entre sí.
  • Edificios de más de 7 plantas en los que la aceleración sísmica de cálculo es mayor que 0,08 g. El valor de la aceleración dependerá de la ubicación de la construcción, entre otros factores.

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