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[[Categoría: Organización Preventiva en la Empresa]] | |||
{{Iftem_MS}} | |||
==Normativa Legal== | |||
*[[Ley 31/1995|Ley Prevención de Riesgos Laborales]] Arts. 30, 31 y 32. | |||
*[[:Categoría:Reglamento de los Servicios de Prevención|Reglamento de los Servicios de Prevención]] SP Arts. 10 a 22 y Anexo I,h) | |||
==Actividad Preventiva del Empresario== | |||
La organización de los recursos necesarios '''para el desarrollo de las actividades preventivas''' se realizará por el empresario por alguna de las siguientes modalidades: | |||
• ''Asumiendo personalmente tal actividad''. | |||
• ''Designando uno o varios trabajadores para llevarla a cabo''. | |||
• ''Constituyendo un servicio de prevención propio en empresas de más de 500 trabajadores''. | |||
• ''Recurriendo a un servicio de prevención ajeno''. | |||
En el caso de la '''CONSTRUCCIÓN''' el empresario '''NO''' puede asumir directamente la actuación como servicio de prevención y los servicios de prevención propios se constituirán en empresas de 250 o más trabajadores. ([[:Categoría:Reglamento de los Servicios de Prevención|Reglamento Servicios de Prevención, Anexo I, h]]). | |||
==Artículos Relacionados== | |||
* [[Designación de Uno o Varios Trabajadores.Organización Preventiva en la Empresa]] | |||
* [[Servicios de Prevención Propios. Organización Preventiva en la Empresa]] | |||
* [[Servicios de Prevención Mancomunados. Organización Preventiva en la Empresa]] | |||
* [[Servicios de Prevención Ajenos. Organización Preventiva en la Empresa]] |