Categoría:Generalitat de Catalunya
El Gobierno dirige la política y la administración de la Generalitat de Cataluña y es titular de la función ejecutiva y de la potestad reglamentaria.
Está constituido por el presidente y por los consejeros, y responde políticamente ante el Parlamento solidariamente, "sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada consejero por su gestión".
Atribuciones
- Elaborar y aplicar el presupuesto de la Generalitat.
- Aprobar los proyectos de ley; dictar decretos legislativos.
- Ejercer la potestad reglamentaria.
- Dar o denegar la conformidad a la tramitación de determinadas proposiciones de ley.
- Nombrar y separar los altos cargos de la Administración.
- Designar los representantes de la Generalitat en determinadas instituciones, organismos y empresas.
- Designar parte de los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias.
- Adoptar medidas reglamentarias para la ejecución de los tratados y de los convenios internacionales.
- Aprobar los proyectos de convenios de acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas.
- Acordar la interposición de recursos de inconstitucionalidad, después de un dictamen previo del Consejo Consultivo.
- Promover ante el Tribunal Constitucional conflictos de competencia y personarse en los recursos y las cuestiones de inconstitucionalidad que afecten a Cataluña; y cualquier otra competencia o función que le atribuyan las leyes.
La sede del Gobierno estará en la ciudad de Barcelona, y sus organismos, servicios y dependencias podrán establecerse en diferentes lugares de Cataluña de acuerdo con criterios de descentralización, desconcentración y coordinación de funciones.
Todas las normas, disposiciones y actos procedentes del Gobierno y de la Administración de la Generalitat que lo requieran serán publicados en el Diario Oficial de la Generalitat. Esta publicación será suficiente, a todos los efectos, para la validez de los actos y la entrada en vigor de las disposiciones y normas de la Generalitat. Con relación a la publicación en el Boletín Oficial del Estado habrá que atenerse a lo que disponga la correspondiente norma del Estado.
Enlace Externo
Subcategorías
Esta categoría solo contiene la siguiente subcategoría.