Orden 4/07/1990
Se aprueba el «Pliego de prescripciones técnicas generales para la recepción de bloques de hormigón en las obras de construcción (RB-90)»
El pliego de prescripciones técnicas generales a que se refiere el número anterior, será de obligatoria observancia en todas las obras de construcción, en cuya financiación participe la Administración del Estado o sus Organismos autónomos. No obstante, se podrán emplear bloques de hormigón especiales, manteniéndose garantías de seguridad equivalentes a las que exige el presente pliego, cuando así se justifique en el proyecto.
El presente pliego tiene por objeto establecer las prescripciones técnicas que han de reunir los bloques de hormigón para su recepción en las obras de construcción, los métodos de ensayo para determinar sus características y el procedimiento general de recepción.
A efectos de este pliego se entiende por bloque de hormigón el definido en la norma UNE 41.166/1, «Bloques de hormigón. Definiciones, clasificación y características generales».