Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Responsables de Obra y Técnicos de Ejecución: Condiciones de Trabajo

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LogoFLC.PNG Nota: Este artículo ha sido creado gracias a la Fundación Laboral de la Construcción en el marco del Programa de Afiliados de la Construpedia. El contenido pertenece a la publicación Segundo ciclo de formación en materia de prevención de riesgos laborales. Responsables de obra y técnicos de ejecución disponible en el sitio web Fundación Laboral de la Construcción

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Condiciones de trabajo

Frente a las definiciones de los conceptos de accidente de trabajo y de enfermedad profesional establecidos bajo un punto de vista asistencial por el ordenamiento jurídico de la Seguridad Social, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) excede el aspecto meramente reparador considerando –a través de su definición de los daños derivados del trabajo– las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo como contingencias que se han de eliminar, previniendo su aparición.

Es decir, la formulación de la LPRL, como su propio nombre indica, está dirigida a la prevención de los riesgos laborales con el fin de evitar o reducir la posibilidad de que los trabajadores sufran un determinado daño derivado del trabajo.

En definitiva, el marco normativo resultante de la LPRL, caracterizado por dicha naturaleza preventiva y su enfoque integrador, tiene como objeto garantizar el derecho fundamental de los trabajadores a una protección eficaz de su seguridad y su salud frente a los riesgos derivados de las condiciones en las que realicen su trabajo.

La LPRL define como condición de trabajo "cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador" (artículo 4.7 de la LPRL).

Consecuentemente, es necesario conocer y evaluar los distintos elementos o situaciones que pueden influir en la forma en la que se realiza el trabajo y afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores, estudiando conjuntamente el puesto de trabajo y a dichos trabajadores.

Para abordar este análisis, las condiciones de trabajo se pueden clasificar, en función de su naturaleza, en cinco bloques:

I. Condiciones materiales del lugar de trabajo

Dentro de este grupo se pueden considerar, entre otras condiciones materiales, los equipos y útiles de trabajo, los medios auxiliares, las características de los lugares de trabajo (espacio, acabados, etc.), las instalaciones de suministro de energía empleadas en la actividad laboral, etc.

II. Medio ambiente físico de trabajo

Dentro de este grupo se incluyen las condiciones físicas del medio ambiente de trabajo a las que el trabajador está expuesto, tales como: ruido, vibraciones, radiaciones, iluminación y condiciones termohigrométicas.

III. Agentes químicos y biológicos

En este bloque se encuadran aquellos agentes de carácter químico (elementos o compuestos químicos) o biológico (bacterias, hongos, virus, etc.) que pueden estar presentes en el medio ambiente de trabajo y con los que el trabajador tiene o podría tener contacto.

Asimismo, se consideran en este grupo los procedimientos que se apliquen para la utilización de estos agentes y que influyan en la generación de riesgos.

IV. Carga de trabajo

Comprende aquellos aspectos relacionados con las exigencias necesarias para la realización de una determinada tarea, como los esfuerzos y las fuerzas aplicadas, las posturas de trabajo, los movimientos, la manipulación manual de cargas y los niveles de atención y de responsabilidad, que pueden llegar a provocar al trabajador una determinada carga de trabajo, física o mental.

V. Organización del trabajo

En este bloque se consideran todos aquellos factores organizativos y sociales del trabajo (distribución de tareas, reparto de funciones y obligaciones, distribución horaria, ritmo de ejecución, relaciones interpersonales, consideración del puesto en la empresa, posibilidades de promoción, participación en la toma de decisiones, etc.) que pueden llegar a generar unas consecuencias negativas sobre la salud del trabajador, no sólo a nivel físico, sino también a nivel mental y social.

Cuando se produce un desequilibrio en algunas de las condiciones de trabajo y éste no se controla lo suficiente, existe la posibilidad de que tal circunstancia afecte negativamente a la salud del trabajador.

Así, la realización de un trabajo en unas condiciones materiales, físicas, químicas o biológicas inadecuadas podría perjudicar la salud física de dicho trabajador, mientras que su salud psíquica se vería afectada si las exigencias mentales del trabajo superaran sus capacidades o si éste se ejecutara en unas condiciones organizativas que no colmaran sus expectativas.

Para evitar o reducir los riesgos laborales y garantizar así la seguridad y la salud del trabajador, es necesario actuar sobre aquellas condiciones de trabajo insuficientemente controladas que puedan desencadenar un daño en la salud de los trabajadores. Estas condiciones se definen como factores de riesgo.

Ejemplo:

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En la práctica, los factores de riesgo nunca se presentan aisladamente.

En el entorno de trabajo están presentes varios de estos factores al mismo tiempo, de forma que cuando se produce una alteración en la salud de los trabajadores no se puede achacar a una sola causa, sino a un conjunto de factores diferentes.

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