Conceptos y Alcances de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)

De Construmatica


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Ley Referida a la Salud en el Ámbito Laboral

El término laboral contenido en ambas formas de designarla nos indica, al igual que la Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de las medidas de mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, que nos referimos a los ciudadanos en cuanto trabajadores, en el desempeño y en el ámbito de su función, que prestan servicios por cuenta de otros, sean empresas privadas o públicas.

La salud es un bien único que afecta a la integridad de la persona.

Por ello, merece una protección constitucional y, mediante la aplicación de la Ley tratamos de que no se vea afectada por la concurrencia en la prestación de trabajo de riesgos laborales que puedan producir daños derivados del trabajo.

Contenidos de la LPRL

Convendrá intentar precisar los contenidos de estos extremos:

Salud

Es el estado en que el organismo libre de enfermedades ejerce normalmente todas sus funciones.

Entendemos que la Organización Mundial de la Salud (OMS) da mayor calado al concepto de salud, al definirla como que es el estado de completo bienestar físico, mental y social y no tan sólo la ausencia de afecciones o enfermedades.

Para aproximarnos a los otros dos conceptos, hacemos nuestra la definición que de ellos hace el art. 4 de la LPRL:

Se considerarán como daños derivados del trabajo las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

Se entenderá por riesgo laboral la posibilidad de que el trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.

Prevención

También, el art. 4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, nos define el concepto de prevención, como :

El conjunto de actividades actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar los riegos derivados del trabajo.

En el campo de la prevención se han venido diferenciando cuatro disciplinas básicas:

  1. La seguridad, ligada a los accidentes de trabajo,
  2. La higiene, vinculada a las enfermedades profesionales derivadas de contaminantes de todo tipo,
  3. La ergonomía y la psicosociología aplicada, que no sólo tratan de adaptar los equipos de trabajo al trabajador sino que tratan de evitar la carga mental y las consecuencias psicosociales derivadas del trabajo y, por último,
  4. La medicina del trabajo a la que debemos prestar su máxima atención en su aspecto preventivo por encima del meramente reparador.

La Ley de Prevención se Aplica al Sector de la Construcción

Se ha dicho por algunos, en detrimento de la Ley de Prevención, que sólo está pensada para empresas estables y que no se adapta a las características de un sector tan dinámico y de empleo tan precario como es el de la construcción.

Frente a ello debemos decir que la normativa de prevención no sólo está formada por la Ley de prevención, sino por todos los reglamentos que la desarrollan, asi como por la negociación colectiva.

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