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El '''coordinador en materia de seguridad y salud''' durante la ejecución de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones:
De conformidad con la [[Ley 31/1995|Ley de Prevención de Riesgos Laborales]], los ''principios de la acción preventiva'' que se recogen en su '''artículo 15''' ''se aplicarán durante la ejecución de la obra''  y, ''en particular, en las siguientes tareas o actividades'':


a) Coordinar la aplicación de los principios generales de [[Prevención de Riesgos|prevención]] y de seguridad:
a) El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza.


Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente.
b) La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación.


Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.
c) La manipulación de los distintos materiales y la utilización de los medios auxiliares.


b) Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el '''artículo 15''' de la [[Ley 31/1995|Ley de Prevención de Riesgos Laborales]] durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el '''artículo 10''' de este Real Decreto.
d) El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y el control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de la obra con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.


c) Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. Conforme a lo dispuesto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 7, la dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador.
e) La delimitación y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de los distintos materiales, en particular si se trata de materias o sustancias peligrosas.


d) Organizar la coordinación de ''actividades empresariales prevista en el '''artículo 24''' de la [[Ley 31/1995|Ley de Prevención de Riesgos Laborales]] Desarrollado por RD 171/2004, de 30 de enero, se refiere a la coordinación de actividades empresariales''.
f)La recogida de los materiales peligrosos utilizados.


e) Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
g) El almacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros.


f) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. La dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador.
h) La adaptación, en función de la evolución de la obra, del período de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo.


'''Prácticamente no puede realizarse nada sin el consentimiento del coordinador'''.
i) La cooperación entre los [[contratista|contratistas]], subcontratistas y trabajadores autónomos.
 
j) Las interacciones e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o actividad que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra.


==Artículos Relacionados==
==Artículos Relacionados==
* [[Principios Generales Aplicables Durante la Ejecución de la Obra]]
* [[Principios de la Acción Preventiva. LPRL]]
*[[Misión del Coordinador de Seguridad y Salud]]
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*[[Funciones del Coordinador de Seguridad en la Fase de Proyecto]]
*[[Funciones del Coordinador de Seguridad en la Fase de Proyecto]]
*[[Estudio de Seguridad y Salud. El Coordinador de Seguridad y Salud]]
*[[Estudio de Seguridad y Salud. El Coordinador de Seguridad y Salud]]
*[[Funciones del Coordinador de Seguridad en la Fase de Ejecución]]
*[[Funciones del Coordinador de Seguridad en la Fase de Ejecución]]
*[[Principios de la Acción Preventiva. LPRL]]
*[[Funciones a Desarrollar Durante la Ejecución de la Obra]]

Revisión actual del 13:27 5 feb 2010


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De conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los principios de la acción preventiva que se recogen en su artículo 15 se aplicarán durante la ejecución de la obra y, en particular, en las siguientes tareas o actividades:

a) El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza.

b) La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación.

c) La manipulación de los distintos materiales y la utilización de los medios auxiliares.

d) El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y el control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de la obra con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.

e) La delimitación y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de los distintos materiales, en particular si se trata de materias o sustancias peligrosas.

f)La recogida de los materiales peligrosos utilizados.

g) El almacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros.

h) La adaptación, en función de la evolución de la obra, del período de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo.

i) La cooperación entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos.

j) Las interacciones e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o actividad que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra.

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