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==Definición==
* ''f''. Tipo de vivienda de precio limitado subvencionada parcialmente por la administración pública española.
 
:Se la conoce por las siglas ''' VPO'''.
 
==Descripción Ampliada==
La '''Vivienda de Protección Oficial''', es también llamada '''Vivienda con Protección Pública''' o '''Vivienda Protegida'''. 
 
El objetivo de la '''VPO''' es favorecer que los ciudadanos con rentas más bajas puedan adquirir o arrendar viviendas dignas y adecuadas a unos precios asequibles a sus posibilidades.
 
Las distintas Comunidades Autónomas han legislado sobre esta materia, por lo que no existe un régimen uniforme en todo el territorio nacional. Las explicaciones que siguen a continuación reflejan en general sólo el régimen de las '''VPO''' que se acogen a los Planes de Vivienda del Estado.
 
==='''Clasificación de las VPO'''===
 
Cuando una vivienda se clasifica como '''VPO''', tanto el constructor/promotor como el comprador reciben ciertos beneficios, a cambio de los cuales quedan sujetos a ciertas condiciones legales durante el tiempo de clasificación de la vivienda como '''VPO'''.
 
* El constructor se compromete a no vender la vivienda por encima de un precio máximo fijado por la administración. Estos precios suelen estar bastante por debajo de los precios de mercado. A cambio, recibe una serie de beneficios, incluyendo la financiación de una gran parte del proyecto (hasta el 80%) a un tipo de interés bajo. En ocasiones, la administración impone al constructor la edificación de VPO como condición para permitir la edificación de vivienda libre.
 
*El comprador obtiene una vivienda a un precio notablemente inferior al del mercado (en ocasiones también subvenciones económicas para la compra). A cambio, la vivienda tiene una normativa de uso y venta especial: primero, debe ser el domicilio habitual del comprador. Segundo, si el comprador quiere revender la vivienda, el precio está fijado por la administración, quien además posee derecho preferente de compra.
 
==Enlaces Externos==
* [http://es.wikipedia.org/wiki/Vivienda_de_protecci%C3%B3n_oficial Vivienda de protección oficial en Wikipedia.es]
* [http://www.viviendas-vpo.com/ Viviendas de Protección Oficial. VPO]

Revisión actual del 21:44 8 feb 2011


Definición

  • f. Tipo de vivienda de precio limitado subvencionada parcialmente por la administración pública española.
Se la conoce por las siglas VPO.

Descripción Ampliada

La Vivienda de Protección Oficial, es también llamada Vivienda con Protección Pública o Vivienda Protegida.

El objetivo de la VPO es favorecer que los ciudadanos con rentas más bajas puedan adquirir o arrendar viviendas dignas y adecuadas a unos precios asequibles a sus posibilidades.

Las distintas Comunidades Autónomas han legislado sobre esta materia, por lo que no existe un régimen uniforme en todo el territorio nacional. Las explicaciones que siguen a continuación reflejan en general sólo el régimen de las VPO que se acogen a los Planes de Vivienda del Estado.

Clasificación de las VPO

Cuando una vivienda se clasifica como VPO, tanto el constructor/promotor como el comprador reciben ciertos beneficios, a cambio de los cuales quedan sujetos a ciertas condiciones legales durante el tiempo de clasificación de la vivienda como VPO.

  • El constructor se compromete a no vender la vivienda por encima de un precio máximo fijado por la administración. Estos precios suelen estar bastante por debajo de los precios de mercado. A cambio, recibe una serie de beneficios, incluyendo la financiación de una gran parte del proyecto (hasta el 80%) a un tipo de interés bajo. En ocasiones, la administración impone al constructor la edificación de VPO como condición para permitir la edificación de vivienda libre.
  • El comprador obtiene una vivienda a un precio notablemente inferior al del mercado (en ocasiones también subvenciones económicas para la compra). A cambio, la vivienda tiene una normativa de uso y venta especial: primero, debe ser el domicilio habitual del comprador. Segundo, si el comprador quiere revender la vivienda, el precio está fijado por la administración, quien además posee derecho preferente de compra.

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