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{{FLC_Librería || Publicación= [http://libreria.fundacionlaboral.org/FichaPublicacion/Pub639431.aspx 2º ciclo de formación en prevención del IV CGSC: personal administrativo] || URL= [http://libreria.fundacionlaboral.org Fundación Laboral de la Construcción]}}
==Terminología==
* '''Comité de seguridad y salud:''' Órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Su constitución y composición, así como sus competencias y facultades, se establecen, respectivamente, en los arts. 38 y 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.


* '''Delegado de personal:''' Representante de los trabajadores en la empresa o en los centros de trabajo de ésta para la defensa de los intereses de aquéllos. Su elección, así como sus competencias, se establecen en el art. 62 del Estatuto de los Trabajadores.


* '''Delegado de prevención:''' Representante de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Su designación, así como sus competencias y facultades, se establecen, respectivamente, en los arts. 35 y 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
==Resumen==


* '''Plan de seguridad y salud en el trabajo:''' Documento en el que se analizan, estudian, desarrollan y complementan las previsiones contenidas en el estudio o Estudio básico en función del propio sistema de ejecución de la obra.
* Algunos de los administrativos del sector desarrollan sus funciones en las propias obras de construcción; son los denominados '''administrativos de obra''' y están sometidos a una serie de riesgos muy diferentes a los más habituales propios del trabajo en oficina.


* '''Servicio de prevención:''' Conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados.
* '''El administrativo''' suele ser el encargado del seguimiento, la edición, la difusión, el control y el archivo de los documentos de acuerdo con lo establecido en el sistema de gestión de prevención de riesgos laborales (SGPRL).


* '''Sistema de gestión de prevención de riesgos laborales (SGPRL):''' Instrumento para organizar y diseñar procedimientos y mecanismos dirigidos al cumplimiento estructurado y sistemático de todos los requisitos establecidos en la legislación de prevención de riesgos laborales. Está compuesto por un conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen como objeto establecer unas directrices y unos objetivos en prevención de riesgos laborales y alcanzar dichos objetivos.
* La '''LPRL''' exige la constitución de un Comité de seguridad y salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. En empresas de menor tamaño, el delegado de prevención, que coincide con el delegado de personal, asumirá las funciones del Comité de seguridad y salud.
 
* En el caso de que el trabajador administrativo esté presente en la obra, se puede encontrar con que los técnicos de prevención de las diferentes empresas intervinientes '''se reúnan periódicamente''' de acuerdo con las convocatorias cursadas.
 
* '''El secretario del Comité de seguridad y salud no podrá delegar sus funciones''', sino que será el propio Comité el que decida la persona o personas del mismo que le sustituya en cada caso.
 
* '''El secretario''' es el encargado de levantar acta de todas las reuniones que el Comité de seguridad y salud celebre.


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*[[Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Personal Administrativo: Control Documental|Personal Administrativo: Control Documental]]
*[[Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Personal Administrativo: Control Documental|Personal Administrativo: Control Documental]]
*[[Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Personal Administrativo: Resumen|Personal Administrativo: Resumen]]{{FLC_Librería || Publicación= [http://libreria.fundacionlaboral.org/FichaPublicacion/Pub639431.aspx 2º ciclo de formación en prevención del IV CGSC: personal administrativo] || URL= [http://libreria.fundacionlaboral.org Fundación Laboral de la Construcción]}}
*[[Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Personal Administrativo: Terminología|Personal Administrativo: Terminología]]

Revisión actual del 00:51 23 nov 2010

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Resumen

  • Algunos de los administrativos del sector desarrollan sus funciones en las propias obras de construcción; son los denominados administrativos de obra y están sometidos a una serie de riesgos muy diferentes a los más habituales propios del trabajo en oficina.
  • El administrativo suele ser el encargado del seguimiento, la edición, la difusión, el control y el archivo de los documentos de acuerdo con lo establecido en el sistema de gestión de prevención de riesgos laborales (SGPRL).
  • La LPRL exige la constitución de un Comité de seguridad y salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. En empresas de menor tamaño, el delegado de prevención, que coincide con el delegado de personal, asumirá las funciones del Comité de seguridad y salud.
  • En el caso de que el trabajador administrativo esté presente en la obra, se puede encontrar con que los técnicos de prevención de las diferentes empresas intervinientes se reúnan periódicamente de acuerdo con las convocatorias cursadas.
  • El secretario del Comité de seguridad y salud no podrá delegar sus funciones, sino que será el propio Comité el que decida la persona o personas del mismo que le sustituya en cada caso.
  • El secretario es el encargado de levantar acta de todas las reuniones que el Comité de seguridad y salud celebre.

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