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* ''' | * Algunos de los administrativos del sector desarrollan sus funciones en las propias obras de construcción; son los denominados '''administrativos de obra''' y están sometidos a una serie de riesgos muy diferentes a los más habituales propios del trabajo en oficina. | ||
* ''' | * '''El administrativo''' suele ser el encargado del seguimiento, la edición, la difusión, el control y el archivo de los documentos de acuerdo con lo establecido en el sistema de gestión de prevención de riesgos laborales (SGPRL). | ||
* ''' | * La '''LPRL''' exige la constitución de un Comité de seguridad y salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. En empresas de menor tamaño, el delegado de prevención, que coincide con el delegado de personal, asumirá las funciones del Comité de seguridad y salud. | ||
* En el caso de que el trabajador administrativo esté presente en la obra, se puede encontrar con que los técnicos de prevención de las diferentes empresas intervinientes '''se reúnan periódicamente''' de acuerdo con las convocatorias cursadas. | |||
* '''El secretario del Comité de seguridad y salud no podrá delegar sus funciones''', sino que será el propio Comité el que decida la persona o personas del mismo que le sustituya en cada caso. | |||
* '''El secretario''' es el encargado de levantar acta de todas las reuniones que el Comité de seguridad y salud celebre. | |||
==Artículos Relacionados== | ==Artículos Relacionados== | ||
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*[[Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Personal Administrativo: Control Documental|Personal Administrativo: Control Documental]] | *[[Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Personal Administrativo: Control Documental|Personal Administrativo: Control Documental]] | ||
*[[Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Personal Administrativo: | *[[Formación en Prevención de Riesgos Laborales. Personal Administrativo: Terminología|Personal Administrativo: Terminología]] |
Revisión actual del 00:51 23 nov 2010
Nota: Este artículo ha sido creado gracias a la Fundación Laboral de la Construcción en el marco del Programa de Afiliados de la Construpedia. El contenido pertenece a la publicación 2º ciclo de formación en prevención del IV CGSC: personal administrativo disponible en el sitio web Fundación Laboral de la Construcción
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Resumen
- Algunos de los administrativos del sector desarrollan sus funciones en las propias obras de construcción; son los denominados administrativos de obra y están sometidos a una serie de riesgos muy diferentes a los más habituales propios del trabajo en oficina.
- El administrativo suele ser el encargado del seguimiento, la edición, la difusión, el control y el archivo de los documentos de acuerdo con lo establecido en el sistema de gestión de prevención de riesgos laborales (SGPRL).
- La LPRL exige la constitución de un Comité de seguridad y salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. En empresas de menor tamaño, el delegado de prevención, que coincide con el delegado de personal, asumirá las funciones del Comité de seguridad y salud.
- En el caso de que el trabajador administrativo esté presente en la obra, se puede encontrar con que los técnicos de prevención de las diferentes empresas intervinientes se reúnan periódicamente de acuerdo con las convocatorias cursadas.
- El secretario del Comité de seguridad y salud no podrá delegar sus funciones, sino que será el propio Comité el que decida la persona o personas del mismo que le sustituya en cada caso.
- El secretario es el encargado de levantar acta de todas las reuniones que el Comité de seguridad y salud celebre.