Diferencia entre las páginas «Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Cálculo de Radiadores de Agua» y «DAU - Documento de Adecuación al Uso»

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[[Categoría:Materiales de Construcción]]
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{{FLC_Librería || Publicación= [http://libreria.fundacionlaboral.org/FichaPublicacion/Pub436090.aspx Cálculos de instalaciones de fontanería gas y calefacción II. Métodos de cálculos de calefacción y gas] || URL= [http://libreria.fundacionlaboral.org Fundación Laboral de la Construcción]}}
El '''DAU''', Documento de Adecuación al Uso, es la declaración de la opinión favorable de las prestaciones de un producto o sistema constructivo innovador en relación a los usos previstos y a las soluciones constructivas definidas, en el ámbito de la edificación y de la obra civil.




==Cálculo de radiadores de agua==
Un DAU evalúa la aptitud para el uso previsto de una solución constructiva, tomando como base los niveles objetivos o valores límite exigibles a las obras de construcción y a exigencias funcionales que se establecen en cada caso.


'''Para calcular radiadores''', se ha de partir de ciertos datos:


:- Tipo de [[radiador]] que se va a instalar.
El DAU se refiere en general al contexto reglamentario español, si bien pueden considerarse específicamente otros ámbitos reglamentarios sectoriales y geográficos propios de cada producto.  
:- Temperatura de trabajo del agua.
:- [[Carga Térmica|Carga térmica]] de la habitación.
:- Espacio disponible para radiadores.


===Tipo de radiador===


Existen diferentes tipos de radiadores: de fundición, de [[acero|chapa de acero]], de [[aluminio]], etc. Cada tipo, y dentro de cada tipo cada medida, presenta características diferentes. Los fabricantes disponen de un estudio completo de todos los radiadores que fabrican; '''es misión del proyectista disponer de estos datos para poder implantar con criterios los radiadores en la obra'''.
El contexto reglamentario español queda definido en el ámbito de la edificación por la LOE-Ley de Ordenación de la Edificación-, que fija los requisitos básicos de los edificios, y por el CTE-Código Técnico de la Edificación-, que desarrolla estos requisitos en forma de las exigencias básicas. En el ámbito de la obra civil se consideran las diferentes disposiciones reglamentarias aprobadas por la Administración.


===Temperatura de trabajo del agua===
El DAU adopta el enfoque por prestaciones y objetivos que es propio del planteamiento del CTE, así como el lenguaje técnico armonizado europeo, con el fin de poder describir y caracterizar las prestaciones de los productos en consonancia con las formas más actuales de expresar las exigencias básicas prestacionales en la reglamentación.


Según sea la temperatura del agua ([[Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Terminología|fluido caloportador]]), '''el comportamiento calorífico del radiador varía'''. Si el sistema de [[caldera]] calienta agua a 900 C, temperatura considerablemente alta, el radiador cederá más calor que otro sistema de producción con temperaturas de trabajo más bajas.


'''Es fundamental por tanto conocer el grado de temperatura al que trabaja el sistema''' para seleccionar el tipo adecuado de radiador.
[[Archivo:Dau.JPG|300px|right|link= ]]El DAU es un instrumento para el fomento de la innovación y desarrollo tecnológico en el sector de la construcción, puesto que evalúa la aptitud de los productos y de los sistemas constructivos innovadores, para los cuales no existen criterios normativos consolidados, para los usos definidos, y permite por lo tanto la comercialización y uso en las obras de estos productos innovadores bajo criterios técnicos reconocidos.


===Carga térmica de la habitación===


Como es lógico, '''es necesario conocer la demanda energética o carga térmica requerida''' por el local que se va a calentar. Se deduce realizando una serie de cálculos, donde intervienen las dimensiones, el tipo de [[cerramiento]] tanto vertical como horizontal, la clase de ventana y las temperaturas tanto exterior como interior. Se expresa en '''Kcal/h o vatios (W)'''.


===Espacio disponible===
El DAU lo elabora y otorga el ITeC, que cuenta con el reconocimiento de la Administración (BOE núm. 94. 19 de abril de 2002), en el marco de la Ley de Industria (Ley 21/1992 de 16 de julio), y del Reglamento de la infraestructura para la Calidad y la Seguridad industrial (Real decreto 2200/1995 de 28 de diciembre).


'''No todos los espacios destinados a albergar radiadores son iguales'''. Cada instalación es diferente en cuanto a espacios se refiere.


Se impone por tanto tener dimensiones y datos sobre los [[paramento]]s donde se van a instalar los radiadores.
El DAU se dirige a:
*Productos de construcción que no disponen de norma
*Productos de construcción que se desvían significativamente de la norma que les es de aplicación.
*Productos de construcción que, aún disponiendo de norma de producto, constituyen sistemas no normados.  


Si se dispone de varios radiadores para una misma estancia, '''se divide la carga entre el número de radiadores que se va a instalar'''.


Para averiguar la [[Carga Térmica|carga térmica]] y los espacios de los que disponen los radiadores, utilizaremos los planos de arquitectura, planos de planta y secciones interiores.
Además, es necesario que:


La emisión de calor cedida por los radiadores aparece en las tablas antes mencionadas y que ofrecen los fabricantes.  
*El producto, y el sistema constructivo estén identificados y definidos.
*Los usos previstos estén definidos.
*Las soluciones constructivas estén definidas.
*El producto se fabrique según un proceso de producción que disponga de un sistema de control consolidado y documentado que garantice su homogeneidad.
*El producto disponga de cierta experiencia en el mercado y en las obras. Si no es así, se establecen condiciones especiales para la concesión y el seguimiento de la vigencia del DAU del producto en cuestión, que se basan en el seguimiento de obras piloto, o en general, en un seguimiento específico del comportamiento en la obra del sistema.
*Que el solicitante y el futuro titular del DAU sea el fabricante o un representante autorizado del mismo.
El DAU se concede teniendo en cuenta la evaluación de los siguientes aspectos:
*Seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad).
*Seguridad en caso de incendio.
*Salubridad (higiene, salud, y protección del medio ambiente).
*Seguridad de utilización.
*Protección contra el ruido.
*Ahorro de energía y aislamiento térmico.
*Otras exigencias funcionales que se establecen en cada caso.


Se expresan en '''kilocalorías hora (Kcal/h)''' o '''vatios (W)'''.


Para manejar dichas tablas es preciso conocer un dato fundamental, '''el incremento de temperatura (<math>\Delta</math>t)''', que es la diferencia de temperatura entre la temperatura media del radiador y la temperatura ambiente (interior del proyecto) <math>\Delta</math>t = t<sub>m</sub> - t<sub>a</sub>.
El DAU aporta la caracterización del producto, así como los criterios de proyecto y ejecución y las soluciones constructivas que los técnicos responsables de las obras necesitan para su correcta concepción y ejecución, usando los productos y sistemas innovadores cubiertos por el DAU.


Observa el siguiente dibujo, donde se muestran '''las diferentes temperaturas que influyen en la emisión calorífica de un radiador'''.


[[Archivo: InstIIFig1.png|centre|frame|Temperaturas que influyen en el cálculo de un radiador]]
El DAU es un documento vivo, abierto a la mejora y a la evolución técnica de los productos y de la reglamentación de referencia. En este sentido el ITeC actualiza los DAU vigentes a medida que se van produciendo modificaciones en el producto o en la reglamentación de referencia. De este modo el DAU se mantiene siempre actualizado a las posibles modificaciones de los DB, a la incorporación de nuevas disposiciones reglamentarias, o a cualquier modificación del entorno normativo motivada por el progreso del estado del arte.


Donde:


t<sub>e</sub>: Temperatura de entrada del agua al radiador.
==Artículos Relacionados==
*[[DAU y el Código Técnico de la Edificación]]
*[[:Categoría: DAU | DAU's concedidos por el ITEC]]


t<sub>m</sub>: Temperatura media del agua en el radiador.
==Enlaces externos==


t<sub>s</sub>: Temperatura de salida del agua del radiador.
*[http://www.itec.es/home/index.asp Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña - ITeC]
 
*[http://www.itec.es/noudau.e/concedits.aspx DAU's concedidos por el ITeC]
t<sub>a</sub>: Temperatura ambiente.
 
 
En condiciones normales '''una instalación convencional''' sería como se muestra en el siguiente dibujo.
 
[[Archivo: InstIIFig2.png|centre|frame|Temperaturas normales en la instalación convencional]]
 
Donde:
 
t<sub>e</sub>: Temperatura de entrada de agua es de 90º.
 
t<sub>s</sub>: Temperatura de salida del agua es de 70º.
 
t<sub>a</sub>: Temperatura ambiente es de 20º (temperatura interior del proyecto).
 
 
'''El incremento de temperatura (<math>\Delta</math>t), o diferencia de temperatura''', entre la temperatura media del radiador y la temperatura ambiente se calcula hallando la media aritmética, cuando se cumple que su relación es mayor o igual a 0,7.
 
Cuando: [[Archivo:IF1.png]]
 
Siendo:
 
<math>\Delta</math>t<sub>s</sub> = temperaturadesalida - temperaturaambiente= t<sub>s</sub> - t<sub>a</sub>
 
<math>\Delta</math>t<sub>e</sub> = temperaturadeentrada - temperaturaambiente= t<sub>e</sub> - t<sub>a</sub>.
 
O sea: Si [[Archivo:IF2.png]]
 
la temperatura media se calcula mediante media aritmética: [[Archivo:IF3.png]]
 
El incremento de temperatura (<math>\Delta</math>t) entre la temperatura media (t<sub>m</sub>) y la temperatura ambiente (t<sub>a</sub>) será:
 
[[Archivo:IF4.png]]
 
 
'''Ejemplo:''' Deseamos saber el incremento de temperatura (<math>\Delta</math>t) entre la temperatura media de un radiador y la temperatura ambiente trabajando en condiciones normales.
 
O sea:
t<sub>e</sub>: Temperatura de entrada del agua es de 90º.
 
t<sub>s</sub>: Temperatura de salida del agua es de 70º.
 
t<sub>a</sub>: Temperatura ambiente es de 20º.
 
 
'''Solución:'''
 
Primero averiguamos el cociente entre <math>\Delta</math>t<sub>s</sub> y <math>\Delta</math>t<sub>e</sub> para saber si podemos operar de forma aritmética:
 
[[Archivo:IF5.png]]
 
El cociente es 0,714, que es mayor que 0,7, lo que significa que podemos operar según la anterior fórmula:
 
[[Archivo:IF6.png]]
 
Así pues, en condiciones normales el incremento de temperatura (<math>\Delta</math>t) es de 60º C
 
Cuando el cociente entre el incremento (<math>\Delta</math>t<sub>s</sub>) y el incremento (<math>\Delta</math>t<sub>e</sub>) es menor que 0,7, el incremento de temperatura (<math>\Delta</math>t) entre la temperatura media del radiador (t<sub>m</sub>) y la ambiente (t<sub>a</sub>) se calcula mediante media logarítmica, lo que se da en casos atípicos.
 
O sea:
 
[[Archivo:IF7.png]]
 
Dado que estos casos no son muy comunes, pues son saltos térmicos poco utilizados en la práctica, no son objeto de este manual.
 
 
'''Los radiadores requieren para su funcionamiento trabajar con temperaturas relativamente altas''', temperaturas de impulsión entre 60º y 90º C.
 
Si el sistema de producción de calor es, por ejemplo, una [[Bomba de Calor|bomba de calor]] que trabaja con temperaturas de impulsión de 45º o 50º C, obligaría a instalar radiadores muy grandes, lo que plantearía un problema de espacio. Para estos sistemas de producción, lo propio es instalar elementos terminales que no sean radiadores sino que dispongan de mecanismos que obtengan alto rendimiento a esas temperaturas.
 
Los fan-coils, por ejemplo, son idóneos, pues con bajas temperaturas de [[Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Terminología|proceso]] obtienen buenas [[Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Terminología|prestaciones]].
 
El [[Suelo Radiante|suelo radiante]] que trabaja con temperaturas de impulsión entre 40º y 45º C es idóneo para este tipo de sistemas.
 
Las instalaciones de energía solar con aporte para calefacción también trabajan con temperaturas bajas entre 40º y 45º C; se conectan por lo general con receptores como [[Fan-Coil|fan-coils]] o [[suelo Radiante|suelo radiante]].
 
Así pues, '''se recomienda instalar radiadores siempre que se disponga de un sistema de producción de calor cuyas temperaturas de impulsión sean superiores a 60º C'''.
 
 
A continuación calcularemos incrementos de temperatura (<math>\Delta</math>t) entre la temperatura media del radiador y la ambiente de algunos casos típicos:
 
'''- 1er Caso:''' [[Caldera]] convencional de gas o gasóleo, o sólidos, impulsando a 90º C y retornando a 75º C; la temperatura ambiente es de 21º C.
 
Si la caldera impulsa a 90º C, la temperatura de entrada (t<sub>e</sub>) al radiador es de 90º C. Si la caldera retorna a 75º C, del radiador sale (t<sub>s</sub>) a 75º C, obviamente.
 
 
a) Primer paso: averiguamos el valor obtenido entre el cociente (<math>\Delta</math>t<sub>s</sub>) y (<math>\Delta</math>t<sub>e</sub>):
 
[[Archivo:IF8.png]]
 
 
b) Segundo paso: comprobamos que el cociente obtenido es mayor o igual que 0,7:
 
0,78 > 0,7 (queda confirmado)
 
 
c) Tercer paso: dado que se confirma el punto (b), calculamos la temperatura media del radiador de forma aritmética:
 
[[Archivo:IF9.png]]
 
 
d) Cuarto paso: calculamos el incremento de temperatura (<math>\Delta</math>t) entre la temperatura media del radiador (t<sub>m</sub>), averiguada anteriormente, y la temperatura ambiente (t<sub>a</sub>):
 
<math>\Delta</math>t = t<sub>m</sub> - t<sub>a</sub> = 82,5 - 21 = 61,5ºC
 
Estamos en condiciones de aplicar este dato (61,5º C) en tablas de cálculo de cualquier radiador.
 
 
 
'''- 2º Caso:''' Caldera con recuperador de impulsión a 60º C y retorno a 50º C; temperatura ambiente de 22º C.
 
[[Archivo:IF10.png]]
 
 
'''- 3er Caso:''' Calderas convencionales a gas, gasóleo o sólido. Impulsión a 80º C, retorno a 65º C y temperatura ambiente de 20º C.
 
[[Archivo:IF11.png]]
 
==Artículos relacionados==
 
*[[Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Introducción]]
*[[Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Mapa Conceptual]]
*[[Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Cálculo de Radiadores de Chapa]]
*[[Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Resumen]]
*[[Instalaciones: Cálculos de Instalaciones de Fontanería, Gas y Calefacción II: Terminología]]

Revisión actual del 10:36 6 oct 2010

Dau cas.gif

El DAU, Documento de Adecuación al Uso, es la declaración de la opinión favorable de las prestaciones de un producto o sistema constructivo innovador en relación a los usos previstos y a las soluciones constructivas definidas, en el ámbito de la edificación y de la obra civil.


Un DAU evalúa la aptitud para el uso previsto de una solución constructiva, tomando como base los niveles objetivos o valores límite exigibles a las obras de construcción y a exigencias funcionales que se establecen en cada caso.


El DAU se refiere en general al contexto reglamentario español, si bien pueden considerarse específicamente otros ámbitos reglamentarios sectoriales y geográficos propios de cada producto.


El contexto reglamentario español queda definido en el ámbito de la edificación por la LOE-Ley de Ordenación de la Edificación-, que fija los requisitos básicos de los edificios, y por el CTE-Código Técnico de la Edificación-, que desarrolla estos requisitos en forma de las exigencias básicas. En el ámbito de la obra civil se consideran las diferentes disposiciones reglamentarias aprobadas por la Administración.

El DAU adopta el enfoque por prestaciones y objetivos que es propio del planteamiento del CTE, así como el lenguaje técnico armonizado europeo, con el fin de poder describir y caracterizar las prestaciones de los productos en consonancia con las formas más actuales de expresar las exigencias básicas prestacionales en la reglamentación.


Dau.JPG

El DAU es un instrumento para el fomento de la innovación y desarrollo tecnológico en el sector de la construcción, puesto que evalúa la aptitud de los productos y de los sistemas constructivos innovadores, para los cuales no existen criterios normativos consolidados, para los usos definidos, y permite por lo tanto la comercialización y uso en las obras de estos productos innovadores bajo criterios técnicos reconocidos.


El DAU lo elabora y otorga el ITeC, que cuenta con el reconocimiento de la Administración (BOE núm. 94. 19 de abril de 2002), en el marco de la Ley de Industria (Ley 21/1992 de 16 de julio), y del Reglamento de la infraestructura para la Calidad y la Seguridad industrial (Real decreto 2200/1995 de 28 de diciembre).


El DAU se dirige a:

  • Productos de construcción que no disponen de norma
  • Productos de construcción que se desvían significativamente de la norma que les es de aplicación.
  • Productos de construcción que, aún disponiendo de norma de producto, constituyen sistemas no normados.


Además, es necesario que:

  • El producto, y el sistema constructivo estén identificados y definidos.
  • Los usos previstos estén definidos.
  • Las soluciones constructivas estén definidas.
  • El producto se fabrique según un proceso de producción que disponga de un sistema de control consolidado y documentado que garantice su homogeneidad.
  • El producto disponga de cierta experiencia en el mercado y en las obras. Si no es así, se establecen condiciones especiales para la concesión y el seguimiento de la vigencia del DAU del producto en cuestión, que se basan en el seguimiento de obras piloto, o en general, en un seguimiento específico del comportamiento en la obra del sistema.
  • Que el solicitante y el futuro titular del DAU sea el fabricante o un representante autorizado del mismo.

El DAU se concede teniendo en cuenta la evaluación de los siguientes aspectos:

  • Seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad).
  • Seguridad en caso de incendio.
  • Salubridad (higiene, salud, y protección del medio ambiente).
  • Seguridad de utilización.
  • Protección contra el ruido.
  • Ahorro de energía y aislamiento térmico.
  • Otras exigencias funcionales que se establecen en cada caso.


El DAU aporta la caracterización del producto, así como los criterios de proyecto y ejecución y las soluciones constructivas que los técnicos responsables de las obras necesitan para su correcta concepción y ejecución, usando los productos y sistemas innovadores cubiertos por el DAU.


El DAU es un documento vivo, abierto a la mejora y a la evolución técnica de los productos y de la reglamentación de referencia. En este sentido el ITeC actualiza los DAU vigentes a medida que se van produciendo modificaciones en el producto o en la reglamentación de referencia. De este modo el DAU se mantiene siempre actualizado a las posibles modificaciones de los DB, a la incorporación de nuevas disposiciones reglamentarias, o a cualquier modificación del entorno normativo motivada por el progreso del estado del arte.


Artículos Relacionados

Enlaces externos