En el ámbito laboral es necesario llevar a cabo un análisis de los procesos con el objetivo de que ningún trabajador se ponga en peligro. Los Protocolos Sanitarios son la herramienta que las empresas utilizan para evitar esos riesgos laborales. Si quieres saber más sobre estos protocolos, quédate.

¿Qué son los protocolos sanitarios?

La vigilancia de la salud implica realizar una serie de exámenes médicos. Para su adecuada realización se necesitan protocolos de actuación específicos dependiendo del riesgo al que estén expuestos los trabajadores. Estos protocolos son los denominados Protocolos Sanitarios y su función es facilitar el estudio de aquellos problemas de salud relacionados con el ámbito laboral.

Existe mucha más información acerca de los Protocolos Sanitarios, y en este artículo te vamos a enseñar todo lo que necesitas saber sobre ellos.

¿Qué es la Medicina del Trabajo?

La Medicina del Trabajo es una especialidad médica dedicada al análisis de enfermedades y accidentes producidos a causa o consecuencia de la actividad laboral, además de las medidas preventivas que deben adoptarse para evitar esas enfermedades y accidentes o disminuir sus consecuencias.  

Esta especialidad tiene origen en el siglo V a.C. con Hipócrates, quien advirtió las alteraciones en la salud de los mineros expuestos al plomo. Actualmente la medicina del trabajo se ubica en las empresas mediante ejercicios ocupacionales, exámenes de ingreso y de control, y convenios con entidades externas para llevar un control de aquellos procesos que conlleven algún tipo de peligro que pueda afectar a los trabajadores.

Estas actividades están reguladas varias disposiciones como por ejemplo: la Ley 31/1995, el Real Decreto 39/199 y Real Decreto 843/2011.

  • Vigilancia de la salud específica en relación a los riesgos a los que el trabajador esté expuesto.
  • Estudio de las enfermedades relacionadas con el trabajo para identificar una relación causal.
  • Investigación de las relaciones entre la exposición a riesgos y los perjuicios para la salud, y proposición de medidas para mejorar las condiciones de trabajo.
  • Comunicación de las enfermedades calificadas como profesionales.
  • Primeros Auxilios y atención de urgencia.
  • Impulso de programas que promocionen la salud en el trabajo.
  • Valoración de los riesgos que afecten a trabajadoras embarazadas, menores y trabajadores sensibles a determinados riesgos, y proposición de las medidas pertinentes.
  • Desarrollo de programas de formación, información e investigación.
  • Vigilancia de forma colectiva de la salud de los trabajadores.
  • Participación en el servicio de prevención.
  • Colaboración con autoridades sanitarias.

Puedes aprender un poco más acerca de la Medicina del Trabajo aquí.

¿Qué es la vigilancia de salud?

La vigilancia de la salud es una de las actividades preventivas que se llevan a cabo en la Medicina del Trabajo y tiene como objetivo proteger la salud de los trabajadores ya que permite identificar fallos dentro del plan de prevención.

Está formada por todas aquellas actividades sanitarias realizadas con el objetivo de conocer el estado de salud, tanto a nivel individual como colectivo, para aplicar esos conocimientos a la prevención de riesgos laborales. Puede llevarse a cabo a través de reconocimientos médicos, encuestas de salud, estadísticas de accidentes o controles biológicos, entre otros.

Tiene tres objetivos:

  • Identificar a tiempo la enfermedad de un trabajador y actuar rápidamente.
  • Estudiar enfermedades de un colectivo de trabajadores para sacar una relación con el trabajo.
  • Comprobar que las medidas preventivas establecidas evitan realmente el daño.

La vigilancia de la salud debe estar sometida a ciertos protocolos u otros medios existentes con relación a aquellos factores de riesgo a los que el trabajador esté expuesto.

El Ministerio de Sanidad y Consumo, así como las Comunidades Autónomas, siguiendo los consejos de las sociedades científicas competentes, y siguiendo con lo que se establece en la Ley General de Sanidad en relación a la participación de los agentes sociales, definen la periodicidad y los contenidos específicos en cada ocasión.

En una reunión realizada el día 20 de Mayo de 1997, el Grupo de Trabajo de Salud Laboral de la Comisión de Salud Pública, trató por primera vez la elaboración de unos protocolos de vigilancia sanitaria específica para aquellos trabajadores/as que estuvieran expuestos/as a riesgos en su lugar de trabajo.

El Grupo coincidió en la importancia del tema a tratar, una vez establecido en las Leyes 14/1986, General de Sanidad, y 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y en los Reglamentos de desarrollo de esta, la necesidad que había de elaborar unas guías y unos protocolos de vigilancia médica específica que tuvieran unos apartados mínimos comunes para poder protocolizar los riesgos laborales.

La vigilancia de la salud se divide en dos tipos: vigilancia individual y vigilancia colectiva.

La vigilancia individual son todos aquellos procedimientos médicos y de enfermería correspondientes a pruebas o exploraciones específicas a los riesgos a los que los trabajadores están expuestos.

Por otro lado, la vigilancia colectiva es la recopilación de datos sobre los riesgos derivados del trabajo valorando el estado de salud colectivo, aportando criterios para priorizar determinadas actuaciones, evaluando la eficacia de las medidas de prevención y aportando datos para valorar la salud de la población.

Las características de la vigilancia de la salud se regulan en el art. 22 de la LPRL, en el art.37.3 del Reglamento de los Servicios de Prevención y en el art.3 del RD 843/2001 sobre los Criterios de Organización de los Recursos Sanitarios de los Servicios de Prevención. Algunas de esas características son:

  • Está garantizada por el empresario restringiendo su alcance.
  • Es específica en función de los riesgos identificados en la evaluación de riesgos.
  • Es voluntaria para el trabajador, salvo que exista una disposición legal, que los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones laborales o que la salud del trabajador pueda constituir un riesgo para sí mismo o para los demás.
  • El acceso a la información médica del trabajador se restringe a los servicios médicos responsables de su salud y a la autoridad sanitaria. 
  • Asegura una práctica coherente de respeto a la intimidad, a la dignidad y a la no discriminación.
  • Está integrada en el sistema de prevención de la empresa.
  • Es llevada a cabo por personal sanitario con competencias técnicas, además de formación y capacidad acreditada.
  • Es gratuita para los trabajadores, pues el coste económico de toda medida de seguridad y salud en el trabajo no debe recaer sobre el trabajador.

Si no te ha quedado claro qué es la vigilancia de la salud, puedes ver el siguiente vídeo.

¿Qué estructura tienen los Protocolos Sanitarios?

La estructura de los Protocolos Sanitarios es la siguiente:

  1. Criterio de aplicación

Se establecen los requisitos a cumplir para poder aplicar el protocolo en cuestión.

  1. Definición del problema

  • Definiciones y conceptos

Descripción de aquellas enfermedades y/o accidentes laborales se originan en la actividad desarrollada.

  • Fuentes de exposición

Descripción de la patología relacionada con la actividad desarrollada, como por ejemplo edad, sexo, otro empleo, hábitos como la actividad deportiva o el consumo de tabaco, el embarazo, y otras actividades extra-profesionales.

  • Mecanismos de acción

Alteraciones que se suelen asociar con la actividad desarrollada.

  • Efectos sobre la salud

Descripción de los efectos que se pueden producir sobre la salud de los trabajadores a consecuencia de la exposición a las situaciones de riesgos.

  1. Criterio de aplicación

  • Historia clínico-laboral

En este apartado además de los datos de anamnesis, exploración clínica y control biológico y estudios complementarios, consta una descripción detallada del puesto de trabajo, el tiempo de permanencia, los riesgos detectados en el análisis y las medidas de prevención que se hayan adoptado.

  • Exposiciones anteriores (anamnesis laboral)

Descripción de los anteriores puestos de trabajo en la que figuran los riesgos a los que estuvo expuesto el trabajador y el tiempo de permanencia en cada uno de ellos.

El personal sanitario del servicio de prevención debe conocer las enfermedades que se produzcan entre los trabajadores y las ausencias laborales por motivos de salud, para  poder identificar cualquier relación entre la causa de enfermedad y los riesgos para la salud que puedan presentarse en el lugar de trabajo.

  • Vigilancia periódica

En los casos en que la naturaleza de los riesgos relacionados al trabajo lo haga necesario, el derecho de los trabajadores a la vigilancia periódica de su estado de salud debe ser alargado más allá de la fecha de finalización de la relación laboral mediante el Sistema Nacional de Salud.

  • Exposición actual al riesgo

En este apartado se recogen los riesgos del puesto y una descripción detallada de este, así como las medidas de protección empleadas. El resultado de la evaluación de riesgos debe estar en poder de los profesionales cuando se haga el examen de salud.

  1. Resultados

El personal sanitario es el encargado del análisis de los resultados de la vigilancia de la salud realizada a los trabajadores, así como de la evaluación de los riesgos, con criterios epidemiológicos y además colaborará con el resto de los componentes del servicio, con el objetivo de de investigar y analizar las posibles relaciones entre la exposición a los riesgos profesionales y los perjuicios para la salud.

  • Trabajadores especialmente sensibles

El personal sanitario se encargará de estudiar y valorar los riesgos que puedan afectar a las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente, a los menores y a los trabajadores especialmente sensibles a riesgos específicos, y se propondrá las medidas preventivas más idóneas para ellos.

  • Conducta a seguir en relación a las alteraciones detectadas

Análisis de las condiciones del puesto de trabajo si las alteraciones detectadas por el médico así lo aconsejan. 

Rehabilitación y recuperación a través del trabajo, optimizando lo máximo posible el puesto de trabajo como elemento rehabilitador.

Cambio de puesto de trabajo.

  1. Criterios de valoración

  • Apto sin restricciones

Mediante esta valoración el trabajador puede desempeñar su tarea habitual sin ningún tipo de restricción física ni laboral, siempre y cuando el trabajo se ajuste a la normativa legal en cuanto a Seguridad y Salud en el trabajo y haya recibido la formación adecuada sobre los riesgos y los daños derivados de su actividad laboral.

  • Apto con restricciones

Esta valoración tiene como fin último conseguir la rehabilitación y recuperación laboral total del trabajador que lo necesita y en especial la integración profesional. Las restricciones pueden ser a nivel personal y/o nivel laboral.

  • No apto

Esta calificación es recibida por el trabajador cuando el desempeño de las tareas implique problemas serios de salud, o ésta le haga imposible la realización de las mismas y en ambos casos no sea posible la aplicación de calificación de apto con restricciones.

¿Qué protocolos sanitarios hay?

Los Protocolos Sanitarios oficiales son los siguientes:

Adenocarcinoma

La International Agency for Research on Cancer declaró que había evidencias sobre la carcinogenicidad del polvo de madera, e incluyó a este agente en el grupo 1 de su clasificación, estableciendo así que la aparición de adenocarcinomas en fosas nasales y senos paranasales está relacionada con la exposición a polvo de maderas duras.

Este protocolo se aplica a aquellas personas que durante su jornada laboral estén expuestas a polvo de madera, como los trabajadores de aserraderos, fabricantes de muebles, lijadores de parqué, etc.

La enfermedad que se pretende prevenir mediante la aplicación de este protocolo es el adenocarcinoma de fosas nasales y senos paranasales, cuyos síntomas son la obstrucción nasal, presión o dolor en los senos paranasales, rinorrea, epistaxis o anosmia.

Agentes biológicos

Los agentes biológicos son microorganismos, dentro de los cuales están incluidos los genéticamente modificados, además de los cultivos celulares y endoparásitos, que son susceptibles de originar algún tipo de infección, alergia o toxicidad.

Este protocolo se aplica a aquellos trabajadores expuestos a agentes biológicos mediante la manipulación intencionada de estos o mediante el contacto humano, animal o con objetos afectados por estos agentes.

Los síntomas y signos pueden variar en función del agente biológico. Es obligatorio ofrecer la inmunización activa ante cualquier agente biológico para el que exista vacuna segura y eficaz. La inmunización pasiva será de prescripción en el momento en el que existan fundamentos científicos para ello. 

Agentes citostáticos

Los agentes citostáticos se definen como sustancias citotóxicas utilizadas específicamente para causar daño en las células, y que ese daño no es selectivo para las células tumorales, sino que afecta a todas las células del organismo, lo que provoca efectos tóxicos adversos.

Se aplica a aquellos trabajos que manipulen agentes citostáticos mediante preparaciones de dosis, administración a pacientes, recogida de residuos con características citostáticas o eliminación de excreciones de pacientes tratados con estos agentes.

Los síntomas más manifiestos son los cutáneos o mucosos. Tienen especial relevancia las reacciones de hipersensibilidad inmediata o anafilaxia sistémica.

Agentes anestésicos

Los agentes anestésicos inhalatorios son sustancias volátiles que se emplean durante algunos procedimientos quirúrgicos para aumentar el umbral de sensibilidad al dolor y eliminar el estado de vigilia.

Los trabajadores afectados por estos agentes son los que trabajan en quirófanos, salas de reanimación, partos o exploraciones, laboratorios de investigación con animales, fábricas de anestésicos, etc.

Según sea la vía de entrada de los agentes anestésicos, la exposición aguda producirá los siguientes efectos:

  • Por inhalación: confusión, vértigo, náusea, somnolencia.
  • Por contacto con la piel y con las mucosas: provoca sequedad y enrojecimiento.
  • Por contacto con los ojos: produce ojo rojo.

Alveolitis

La alveolitis alérgica se puede definir como una enfermedad pulmonar de base inmunológica que es producto de una amplia gama de antígenos, los cuales llegan al pulmón por vía inhalatoria, y que son transportados por polvos de procedencias diversas. 

El protocolo de alveolitis está enfocado a trabajadores con alta exposición a la inhalación de polvo orgánico de distintas proteínas, y también de algunas sustancias inorgánicas que pueden abarcar un gran rango de profesiones en función del agente causal. 

Las formas graves de esta enfermedad se caracterizan por la aparición de una neumopatía intersticial con infiltración linfocitaria y granulomas. Clínicamente aparecen a las 4-6 horas de exposición a través de un cuadro de tos, disnea, fiebre elevada con escalofríos, mialgia y malestar general. En las formas crónicas la fibrosis pulmonar se va haciendo progresiva e irreversible. 

Amianto

El amianto es un contaminante muy complejo que tiene varias acepciones. El artículo 2 del Real Decreto 396/2006 expone la definición del término amianto según la identificación admitida de forma internacional del registro de sustancias químicas del Chemical Abstract Service.

Este protocolo será de aplicación a los trabajadores en las actividades en las que estén expuestos a fibras de amianto o a materiales que lo contengan, como demolición de construcciones o desmantelamiento de elementos donde exista amianto, transporte, tratamiento o destrucción de residuos con amianto, trabajos de extracción, manipulación y tratamiento de rocas amiantíferas, aislamiento térmico en construcción naval y de edificios, etc.

La exposición a amianto puede provocar fibrosis pulmonar, alteraciones pleurales, pericárdicas y peritoneales, cáncer de pulmón, mesoteliomas pleural, peritoneal y pericárdico, asociándose también con otras neoplasias: carcinomas gastrointestinales o de laringe y de ovario. 

Asma laboral

El asma laboral consiste en una obstrucción de los bronquios reversible asociada a una hiperreactividad de estos, lo cual es producido por la exposición a polvo, vapores, gases o humos presentes en el lugar de trabajo.

Se estima que la prevalencia de asma en la población general es de un 5-10% y, de este porcentaje, un 5% puede ser de tipo ocupacional. Es más exacto hablar de prevalencia de asma ocupacional para cada agente y tipo de industria, pero todavía faltan datos y estudios al respecto. 

La exposición a un agente irritante en altas concentraciones motiva un proceso de inicio rápido que produce una lesión y destrucción masiva del epitelio bronquial, lo cual produce una alteración en las funciones de las células del epitelio, disminución de la síntesis de factor relajante y liberación de mediadores con propiedades tóxicas e inflamatorias. 

Cloruro de vinilo

Este protocolo es aplicado a los trabajadores que desarrollen su actividad dentro de los centros de trabajo en los que el cloruro de vinilo monómero es fabricado, almacenado, transportado, transformado o utilizado de cualquier manera, y los trabajadores estén expuestos a sus efectos.

El cloruro de vinilo es irritante para la piel, ojos y mucosa respiratoria. La exposición crónica produce la llamada «enfermedad por cloruro de vinilo», caracterizada por provocar síntomas neurotóxicos, alteraciones de la microcirculación periférica, alteraciones cutáneas del tipo de la esclerodermia, alteraciones óseas, alteraciones de hígado y bazo, síntomas genotóxicos y cáncer.

Dermatosis

Este protocolo es de aplicación a aquellos trabajadores expuestos a agentes o sustancias que son capaces de provocar enfermedades de la piel. También es de aplicación a los trabajadores que hayan desarrollado alguna de las enfermedades que estos agentes pueden producir.

Los principales signos de dermatosis son la dermatitis de contacto alérgica o irritativa, la urticaria de contacto, cáncer cutáneo y acné.

Manipulación de cargas

El protocolo de cargas es de aplicación a cualquier trabajador que manipula manualmente cargas, siempre que éstas superen los Kg. de peso que se especifican en la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación manual de cargas elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

La manipulación manual de cargas suele ocasionar variadas enfermedades y accidentes de origen laboral. Aproximadamente el 21% de los accidentes laborales se producen por sobreesfuerzos, además, entre el 60-90% de la población adulta ha sufrido o va a sufrir algún dolor de espalda a lo largo de su vida.

La manipulación de cargas puede producir fatiga fisiológica, contracturas, calambres, rotura de fibras, sinovitis, tenosinovitis, roturas, esguinces, bursitis, artrosis, artritis, hernias discales y trastornos vasomotores.

Movimientos repetitivos

Lo que se entiende por movimientos repetidos es un grupo de movimientos continuos, que implican el mismo conjunto osteomuscular produciendo en este conjunto fatiga muscular, sobrecarga, dolor y por último lesión.

Se propone como vigilancia médica para aquellos trabajadores con tareas repetidas que supongan sobrecarga muscular durante gran parte de su jornada laboral y de forma habitual. Las tareas de trabajo con movimientos repetidos son más comunes en trabajos en cadenas y talleres de reparación así como en prácticamente todas las industrias, y centros de trabajo modernos pudiendo dar lugar a lesiones musculoesqueléticas. 

Las lesiones que están asociadas a los trabajos repetidos se dan comúnmente en los tendones, los músculos y los nervios del hombro, antebrazo, muñeca y mano. Los diagnósticos dentro de este protocolo son diversos: tendinitis, peritendinitis, tenosinovitis, mialgias y atrapamientos de nervios distales.

Neuropatías

El objetivo último de este protocolo es prevenir las neuropatías provocadas por traumas repetidos producidos en el puesto de trabajo. La pronta detección de los primeros signos y síntomas que expresan el sufrimiento neuronal permite intervenir médica y ergonómicamente antes de que se establezca la lesión, frecuentemente irreversible y crónica. Es de aplicación en aquellos trabajadores que deben transportar cargas, realizar con las extremidades movimientos repetidos, violentos o irregulares, adoptar posturas difíciles o forzadas o con apoyos repetidos sobre zonas anatómicas en las que los nervios son muy vulnerables a la compresión o a microtraumas.

Los efectos que tiene sobre la salud una lesión nerviosa dependen principalmente de la arquitectura y función de la estructura afectada: plexo, nervio sensitivo, motor o mixto. Los síntomas sensitivos subjetivos, objetivos, la pérdida de fuerza y los trastornos disautonómicos, pueden producir incomodidad y varios grados de incapacidad laboral tanto transitoria como permanente.

Óxido de etileno

El óxido de etileno es un gas incoloro a temperatura ambiente, es soluble en disolventes orgánicos y miscible con agua a cualquier proporción. El control médico que se especifica en este protocolo será de aplicación al personal de fábricas de producción de este componente, transportistas que realicen el transporte de este producto, personal de centros de distribución, y personal de centros de asistencia sanitaria en los que se utilice este gas.

En la zona de los ojos, las lesiones pueden ser irreversibles y en grandes concentraciones puede llegar a producir cataratas. La exposición por inhalación puede provocar irritación de vías respiratorias, trastornos en el aparato digestivo o trastornos neurológicos.

El óxido de etileno es una sustancia que puede considerarse mutágena para el hombre pues al ser un agente alquilante induce un incremento en la frecuencia de aberraciones cromosómicas, en la frecuencia de aductos de la hemoglobina y además posee una elevada capacidad mutagénica.

Pantallas de visualización de datos

El principal problema que se presenta se produce por el cambio en la organización del trabajo, lo que ha supuesto una implementación de la informática. Es aplicable a todos los puestos de trabajo que tengan que utilizar equipos que incluyen pantallas de visualización de datos.

Entre los síntomas se encuentra la fatiga visual, la fatiga física o muscular, alteraciones cutáneas, alteraciones en el embarazo y fatiga mental o psicológica.

Plaguicidas

El protocolo de plaguicidas será de aplicación a cualquier trabajador que, tras la evaluación de riesgos, resulte estar expuesto a ellos. En fábricas de este producto y, en general, en plantas de formulación de plaguicidas no existen prácticamente casos de intoxicación aguda entre los trabajadores, probablemente por la correcta utilización de medidas de protección. Los tóxicos que ocasionan mayor número de intoxicaciones por plaguicidas fueron los insecticidas, seguidos de los acaricidas y de los fungicidas. 

Los efectos de la intoxicación aguda por plaguicidas sobre el organismo humano incluyen síntomas dermatológicos (sudoración, prurito, cianosis), neurológicos (mareo, cefalea, temblor, depresión, nerviosismo), oculares (visión borrosa, lagrimeo), cardio respiratorios (palpitaciones, disnea, tos, dolor torácico), digestivos (sialorrea, molestias faríngeas, náuseas, vómitos, diarrea) y antecedentes de abortos.

Plomo

La actual disminución de plomo ambiental unida a los progresos que se han llevado a cabo en el campo de la prevención han contribuido a reducir la importancia de las exposiciones al metal por motivos laborales lo que ha permitido obtener conocimientos más concretos sobre los efectos que se producen a dosis bajas tanto en población general como en población laboral. 

Es aplicable a todas las actividades laborales que son susceptibles de tener trabajadores expuestos a plomo metálico o a alguno de sus compuestos iónicos. Se excluye de este protocolo la exposición a compuestos de plomo omo los derivados alquílicos de este metal.

La exposición al plomo tiene efectos sobre el tejido hematopoyético, sobre los glóbulos rojos circulantes, sobre el sistema nervioso, a nivel renal, sobre la reproducción, sobre el sistema cardiovascular y efectos carcinogénicos.

Posturas forzadas

Debe proporcionarse vigilancia médica en aquellos operarios con trabajos que supongan posiciones forzadas e incómodas durante toda o parte de su jornada laboral de forma habitual. Los trabajos más afectados suelen ser cirujanos, peluqueros, mecánicos, dependientes, vigilantes, camareros, limpieza, albañilería, agricultores, entre otros.

Las enfermedades más comunes son: tendinitis del manguito de los rotadores, síndrome de estrecho torácico o costoclavicular, síndrome cervical por tensión, tendinitis de muñeca, tenosinovitis, dedo en gatillo, síndrome del canal de Guyon, síndrome del túnel carpiano, epicondilitis y epitrocleítis, síndrome del pronador redondo y síndrome del túnel cubital.

Radioactivos

l fin de este protocolo es prevenir o limitar la posible de generar una patología producida por las radiaciones ionizantes. La detección precoz de determinados síntomas, la identificación de factores de riesgo concomitantes y el diagnóstico precoz de determinadas alteraciones, facilita una adecuada intervención para prevenir la aparición de ciertas patologías. 

Se consideran trabajos expuestos a radiaciones la explotación de minerales radioactivos, la producción, tratamiento, manipulación, almacenamiento, transporte y eliminación de sustancias radiactivas, la operación de cualquier equipo eléctrico que emita radiaciones ionizantes o con potencia superior a 5 kV, la comercialización de fuentes radiactivas y la asistencia técnica de equipos con fuentes radiactivas.

La inducción de cáncer es el principal efecto a largo plazo que es provocado por la exposición continuada a la radiación ionizante. 

Ruido

Se define como ruido aquel que cumpla, según los parámetros físicos utilizados para la evaluación del riesgo que se definen en el Artículo 5 del Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, el que supere los valores inferiores de exposición que dan lugar a una acción referidos a los niveles de exposición diaria y a los niveles de pico: L= 80 dB y L= 135 dB, respectivamente.

Están expuestos a ruido los trabajos de calderería, trabajos de control de motores de aviación, trabajos con martillos y perforadores neumáticos, talado de árboles con sierras portátiles, salas de recreación, recolección de basura doméstica, trabajo en imprenta rotativa, etc.

El ruido no solo tiene efectos auditivos, llegando a generar hipoacusia, sino que también aumenta las probabilidades de padecer enfermedades cardiovasculares y en el caso de las embarazadas puede generar efectos en el feto.

Sector agrario

Este protocolo será de aplicación a los trabajadores del sector de agricultura, ganadería, silvicultura y explotación forestal. Los riesgos de estos sectores están derivados del trabajo al aire libre y sobre superficies irregulares, el uso de herramientas y maquinaria, uso de productos químicos, contacto con tierras, abonos y aguas de riego,etc.

Los trabajadores del sector han pasado de estar sometidos predominantemente a factores de riesgo de tipo físico, y otros como adopción de posturas extremadamente forzadas, exposición a contaminantes en forma de polvo, exposición a agentes infecciosos y alérgicos, a los que predominan actualmente, que son factores de riesgo para la salud de tipo mecánico, derivado del uso de maquinaria, y de tipo químico, fundamentalmente derivado de la utilización de productos fitosanitarios, biocidas y fertilizantes. 

Silicosis

La silicosis es una enfermedad pulmonar intersticial difusa caracterizada por la producción de tejido colágeno en el pulmón en respuesta al depósito de polvo de sílice. No pueden denominarse silicosis a otras lesiones, que aunque estén producidas por el mismo compuesto, se encuentran en lugares intra o extratorácicos distintos al parénquima pulmonar.

Este protocolo se aplica a todos aquellos trabajadores que a lo largo de su jornada laboral estén expuestos a inhalación de polvo con contenido en sílice cristalina.

El principal efecto de la inhalación continuada de sílice es el desarrollo de silicosis. Con un efecto más débil, también es un factor de riesgo para el desarrollo de cáncer de pulmón, un descenso acelerado de la función pulmonar y enfermedad pulmonar obstructiva crónica, tuberculosis, etc.

Puedes consultar todos estos protocolos en la página del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

¿Qué Protocolo Sanitario se debe seguir con el Covid-19?

El documento principal para la gestión de la seguridad y salud en el trabajo respecto al COVID-19 es el “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)” en cuya elaboración ha participado, entre otros, el INSST. El documento se actualiza frecuentemente adaptándose a los nuevos conocimientos o a los cambios surgidos en las condiciones de trabajo. A partir en este procedimiento, algunas comunidades autónomas han elaborado sus propios documentos.

Teniendo en cuenta el procedimiento mencionado, se ha elaborado el documento “Pasos a seguir por el empresariado para reducir el riesgo de exposición al COVID19 en los centros de trabajo” en el cual se exponen los pasos que debe seguir el empresario, en función de la modalidad de organización preventiva que se haya adoptado ante la reincorporación al trabajo, para así disminuir el riesgo de exposición al Covid19 de las personas trabajadoras.

La reincorporación al propio centro de trabajo se debe realizar con el fin de reducir el riesgo de exposición de las personas trabajadoras al COVID-19 en los Centros de Trabajo. Debido a ello el Ministerio de Sanidad ha redactado una “Guía de buenas prácticas en centros de trabajo para prevenir los contagios del COVID-19” en la que se exponen las medidas básicas de higiene y distancia interpersonal que son de aplicación antes, durante y después de la asistencia al trabajo.

Dentro del Anexo II del “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)” se identifican los equipos de protección individual que pueden llegar a ser necesarios para el personal potencialmente expuesto. 

En relación a las características que conviene que reúnan otros equipos de protección, las notas técnicas de prevención del INSST proporcionan información técnica detallada acerca de guantes de protección frente a microorganismos, calzado de protección o ropa de protección contra agentes biológicos. 

En cuanto al trabajo a distancia, también se han publicado varios documentos con el objetivo de orientar a empresarios y trabajadores sobre las medidas preventivas adecuadas para desarrollar la actividad en las mejores condiciones posibles. Desde el punto de vista de la ergonomía, está el documento dirigido a los empresarios “Orientaciones ergonómicas para trabajos a distancia con ordenador debido al COVID-19. Recomendaciones para el empresario”. 

En relación con industrias afines a la construcción, se resalta el ”Protocolo de Seguridad en el Trabajo frente al COVID-19 sector ladrillos y tejas” de la Asociación Española de Fabricantes de Ladrillos y Tejas de Arcilla Cocida (HISPALYT), UGT-FICA y CC.OO., que tiene como objetivo organizar adecuadamente la protección de la salud de los trabajadores y reducir la propagación del virus.

Por Diego

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