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Los organismos de control técnico (OCT). Su independencia

Publicado en Revista de Obras Públicas (ISBN 0034-8619, Edición 2002, 149 (3419): 45-51) en Marzo 2002.
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Autor/es: Bezanilla, Jesús
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La aprobación de la LOE, ha abierto a los Ingenieros de Caminos un nuevo campo de actuación de la mano de los seguros, el Organismo de Control Técnico. Esta figura ha sido definida por el seguro como su garante de riesgos y ejecución. Este funcionamiento de Asistencia ya tiene tradición en otros países de nuestro entorno. La figura del OCT, aún no estando definida en la Ley, ni por tanto ser obligatoria, se convierte de este modo en uno de los agentes principales del proceso de la edificación. La figura está en principio limitada a los casos concretos de cimentación y estructuras, aunque son los seguros los que irán definiendo nuestro campo de actuación, previsiblemente a mayores. La responsabilidad emana de la aseguradora, con las condiciones impuestas por éstas para su funcionamiento, aunque básicamente somos auditores del proceso.

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