Principios de la Acción Preventiva. LPRL

De Construmatica


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Principios según LPRL

a) Evitar los riesgos.

b) Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.

c) Combatir los riesgos en su origen.

d) Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.

e) Tener en cuenta la evolución de la técnica.

f) Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.

g) Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.

h) Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

i) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Aplicación de los Principios de Acción Preventiva según Normativa

En el RD 1627/97, a lo largo de su articulado, establece que los principios de la acción preventiva, recogidos en el artículo 15 de la LPRL, deben ser aplicados en las siguientes fases de una obra y por las siguientes personas:

Por el proyectista: en las fases de concepción, estudio y elaboración del proyecto de obra.

Por el coordinador en ejecución de obra: durante toda la fase de ejecución de la obra.

Por los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos: durante las actividades o trabajos que ejecuten en la obra.

Seguimiento y Control

A efectos de controlar la cadena de subcontratas que se producen en el sector de la construcción, existe la obligación del subcontratista de comunicarlo y ponerlo en conocimiento de su contratista, no sólo porque sea necesario y preceptivo para poder ejercer el control de vigilancia de las condiciones de seguridad y salud, y porque así lo tengan establecido en los respectivos contratos de ejecución de obra, sino porque el coordinador debe tener conocimiento de todas las contratas y subcontratas con el fin de coordinar los principios establecidos en el proyecto, estudio o estudio básico, y en las previsiones e informaciones útiles para la realización de los trabajos posteriores.

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