La Organización Internacional del Trabajo (OIT). Instituciones Comunitarias

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En el ámbito internacional, además de las Instituciones Comunitarias con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo, existen diversas organizaciones que de una forma directa o indirecta inciden en el campo de la seguridad, la higiene y la salud en el lugar de trabajo.

Creación, Principios y Objetivos

Los antecedentes de la OIT se deben buscar en la revolución industrial que provocó profundas y aceleradas transformaciones técnicas, económicas y sociales. Los progresos que se iban consiguiendo en cada país encontraban los obstáculos de la competencia a nivel internacional.

Todo ésto dio la idea de elaborar una legislación internacional del trabajo para hacer frente a la competencia desleal.

Desde finales del siglo XIX se han realizado tentativas a fin de mejorar las condiciones de vida y trabajo del proletariado sin distorsionar la competencia entre las naciones, mediante el establecimiento de acuerdos internacionales.

En el 1900 se constituyó la Asociación Internacional para la Protección de los Trabajadores, los trabajos de la cual se extendieron hasta la Primera Guerra Mundial y preparó las Conferencias de Berna de 1905 y de 1906. Fue en la segunda donde se adoptaron los dos primeros Convenios Internacionales:

1º. Este Convenio trató sobre la prohibición del trabajo nocturno de las mujeres en la industria.

2º. Este segundo, sobre la prohibición de la utilización del fósforo blanco en la fabricación de cerillas.

Al final de la guerra, los gobiernos de los estados aliados elaboraron diversos proyectos y la Conferencia de Paz confió el asunto a una comisión especial, dando lugar a la Parte XII del Tratado de Versalles dedicada a las cuestiones de trabajo y que preveía la creación de una Organización Internacional del Trabajo, la misión de la cual era "mejorar aquellas condiciones de trabajo que, por causas del grado de injusticia, miseria y privaciones que comportan para un gran numero de personas, implican una amenaza para la paz y la armonía universal".

En la Conferencia Internacional de la OIT celebrada en Filadelfia en 1944 se aprobó una verdadera declaración de principios y objetivos, que se conoce con el nombre de Carta de Filadelfia, donde se ratifican, modernizándose, las bases de constitución de la OIT.

Estructura Orgánica de la OIT

La OIT se compone de tres órganos principales:

  1. La Conferencia General,
  2. Consejo de Administración y
  3. Oficina del Trabajo.

Conferencia General

La Conferencia General es la Asamblea o el órgano legislativo de la Organización.

Se reúne generalmente una vez al año y se compone de cuatro delegados correspondientes a cada estado miembro: dos gubernamentales, un delegado de los empresarios y uno de los trabajadores. La Conferencia tiene como misión fundamental el establecimiento de normas sectoriales, en forma de Convenio o Recomendación.

Consejo de Administración

El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo y de coordinación de la OIT.

Su misión principal es la de vigilar que las decisiones de la Conferencia se lleven a la práctica, establecer el orden del día de cada reunión de la Conferencia y decidir las medidas que se deben tomar de acuerdo con las resoluciones que se han aprobado. Al igual que la Conferencia tiene una estructura tripartita, compuesta por 56 miembros (28 representantes de los gobiernos, 14 de los empresarios y 14 de los trabajadores).

Oficina Internacional del Trabajo

La Oficina Internacional del Trabajo es la Secretaría permanente de la Organización.

El superior jerárquico es el Director General nombrado por el Consejo de Administración. La estructura administrativa es muy compleja y no tiene un carácter rígido, sino que se adapta constantemente a las nuevas exigencias.

La Oficina centraliza y distribuye todas las informaciones referentes a la reglamentación internacional de las condiciones de los trabajadores y del régimen de trabajo.

Medidas de Acción

Para poder llevar a cabo su misión la OIT dispone de diversos métodos de actuación que pueden clasificarse conforme a tres elementos tradicionales diferentes:

- Normas

- Investigación y divulgación de la información y

- Cooperación técnica.

Normas

La actuación normativa es desarrollada a través de Convenios, Recomendaciones y Resoluciones.

  • Convenios

Los Convenios de la OIT son instrumentos de carácter internacional que, una vez ratificados por los estados miembros, tienen valor de tratados multilaterales, la finalidad de los cuales es la de conseguir el establecimiento y la aplicación de normas uniformes para todos los países en la materia laboral.

El Convenio es la norma de más rango de las adoptadas por la OIT y para su aprobación se requiere una mayoría de dos tercios de los votos emitidos por los delegados presentes.

  • Recomendaciones

Las Recomendaciones son normas de jerarquía inferior. Son documentos de asesoramiento o consejo, dirigidos a los gobiernos de los estados miembros para que consideren la posibilidad de adaptar su normativa laboral a los términos de la propia Recomendación, sobre materias o cuestiones sobre los cuales no ha habido posibilidad de llegar a la firma de un Convenio.

Las Recomendaciones desarrollan, complementan o perfeccionan las normas que se contienen en los Convenios, a pesar de que a veces abordan temas nuevos que no están regulados en ninguno de ellos.

Entre el Convenio y la Recomendación hay una diferencia básica de forma dado que la Recomendación no es presentada a los estados para su ratificación, sino que lo es para su examen y posterior ejecución por los estados que lo consideran pertinente.

  • Resoluciones

Las Resoluciones son instrumentos que se refieren básicamente a los órganos internos de la OIT si bien pueden convertirse en puntos de orden del día de una Conferencia y generar normas de más amplio alcance.

La cooperación técnica es una actividad esencial de la Organización.

Alcanza toda la asistencia operativa que la OIT ofrece a los Estados miembros a fin de promover el progreso en el campo social y laboral.

Esta cooperación técnica está fundamentada en los principios siguientes:

Se ofrece solamente a petición expresa del país que lo solicite nunca se impone; se realiza en colaboración con los estados interesados; se deben integrar en un programa conjunto; y debe implicar la creación de las instituciones y la formación de personas que puedan desarrollar sus funciones sin ayuda exterior.

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